El procurador de corte Pelagio Alcántara Sánchez, titular de la Unidad de Extinción de Dominio del Ministerio Público, hizo un llamado a establecer una cultura institucional que fomente el uso de la Ley 340-22 como la herramienta más eficaz para recuperar bienes ilícitos en favor del Estado.
Durante un encuentro técnico con la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PETT), Alcántara Sánchez subrayó que la extinción de dominio es un procedimiento «sui géneris» que, aunque es conocido en la jurisdicción penal, no es una norma penal en sí misma, lo que le otorga ventajas estratégicas frente a los procesos tradicionales.
Mayor agilidad frente al proceso penal
El magistrado destacó que, a diferencia del proceso penal —que busca sancionar a la persona y suele ser más burocrático—, la extinción de dominio se centra exclusivamente en la persecución de los bienes muebles e inmuebles.
«La idea esencial es que este es un procedimiento mucho más rápido que el proceso penal, porque cierra muchos espacios de brecha. Debemos emplearlo independientemente de que se esté llevando o no un proceso penal; puede ser mucho más práctico para afectar el patrimonio ilícito», explicó Alcántara Sánchez ante fiscales e investigadores.
El golpe financiero a las redes de trata
La procuradora de corte Yoanna Bejarán Álvarez, titular de la PETT, coincidió en que la prioridad debe ser desarticular las finanzas de las redes criminales para anular su capacidad operativa. En este sentido, se detalló cómo el dinero generado por actividades como la trata de personas o el narcotráfico puede ser perseguido no solo como «cuerpo del delito» inmediato, sino en todas sus transformaciones posteriores (lavado de activos).
Claves de la Ley 340-22
Durante la capacitación, se resaltaron puntos fundamentales de la normativa vigente desde julio de 2022:
- Independencia Jurídica: El procedimiento de extinción no depende de una sentencia penal previa.
- Traslado de Pruebas: Las evidencias obtenidas en investigaciones penales son válidas para vincular el bien con el origen ilícito.
- Alcance Internacional: La ley permite perseguir bienes ubicados tanto en territorio nacional como en el extranjero, bajo acuerdos de cooperación internacional.
- Formación Judicial: El magistrado advirtió que aún persiste un déficit de formación a nivel judicial para la implementación plena de esta herramienta.
La Unidad de Investigaciones de Extinción de Dominio, creada en noviembre pasado por el Consejo Superior del Ministerio Público bajo la gestión de la procuradora general Yeni Berenice Reynoso, busca estandarizar estos procesos para que el Estado dominicano recupere de forma efectiva los recursos provenientes de la corrupción y el crimen organizado.



