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Compartir audios o imágenes sin permiso será castigado con cárcel a partir de agosto de 2026

El reconocido jurista César Amadeo Peralta lanzó una advertencia urgente a la población dominicana y a los creadores de contenido sobre las drásticas consecuencias legales que entrarán en vigor con el nuevo Código Penal (Ley 74-25). A partir del 6 de agosto de 2026, acciones cotidianas como difundir un audio de WhatsApp o una fotografía sin autorización escrita podrían terminar en sentencias de prisión y cuantiosas multas.

Peralta señaló con preocupación que la mayoría de los más de 11 millones de dominicanos aún no son conscientes del «nuevo régimen de consecuencias» que regula la privacidad y la propia imagen.

El Artículo 192: El fin de la difusión no autorizada

La nueva legislación es tajante en su Artículo 192, el cual penaliza a quien publique o difunda, por cualquier vía, materiales audiovisuales de terceros sin su consentimiento.

  • Pena básica: De 6 meses a 1 año de prisión menor.
  • Multa: De 1 a 2 salarios mínimos del sector público (actualmente fijado en RD$10,000.00).
  • Responsabilidad civil: Los infractores también se enfrentarán a demandas por daños y perjuicios.

«Los medios de comunicación, programas de YouTube y plataformas digitales tendrán que reorganizar la transmisión de sus contenidos. Ya no podrán difundir una nota de voz, video o foto sin una autorización escrita«, advirtió el titular de la oficina Peralta & Peralta y Asociados.

Agravantes: De la difamación al chantaje

El nuevo Código Penal establece escalas de castigo mucho más severas dependiendo de la intención y el contenido de lo difundido:

EscenarioPena de PrisiónMulta (Salarios Mínimos)
Difusión simple sin consentimiento6 meses a 1 año1 a 2
Contenido falso o alterado (montajes) que dañe el honor2 a 5 años9 a 15
Contenido íntimo/sexual o difundido por redes sociales5 a 10 años10 a 20
Chantaje, extorsión o contra menores y vulnerables5 a 10 años10 a 20

El Párrafo III del artículo advierte que incluso la tentativa de cometer estas infracciones será sancionada con las mismas penas que el hecho consumado.

Cúmulo de penas y delitos de alta tecnología

Amadeo Peralta recordó que estas nuevas disposiciones no sustituyen, sino que se suman a la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, la cual ya contempla penas de hasta 7 años.

«Bajo la figura del cúmulo de penas, el Ministerio Público puede agregar varios artículos de esta ley y la asociación de malhechores, lo que resultaría en condenas mucho más elevadas, incluso si los delitos se cometen fuera del territorio dominicano pero afectan a ciudadanos en el país», explicó el jurista.

Exhortación a la prudencia digital

El abogado hizo un llamado a todos los usuarios de WhatsApp, Instagram, TikTok, Facebook y demás redes sociales a educarse sobre esta legislación para evitar incurrir en delitos por desconocimiento.

La oficina del Lic. Peralta, especialista en persecución de crímenes económicos, financieros y lavado de activos, enfatizó que la privacidad dejará de ser una sugerencia ética para convertirse en una obligación legal estrictamente protegida por el Estado dominicano a partir del próximo año.

José Peguero

José Peguero

José Amado Peguero, periodista, egresado de la Universidad Católica Santo Domingo, ha forjado su carrera basada en la era digital, sus reportajes con noticias de actualidad y entretenimiento han sido expuestos en prestigiosos diarios de circulación nacional e internacional como es el caso de NHK en Japón, The Hollywood Reporter, Univision y Telemundo, ABC y CNN en Estados Unidos. Actualmente el director y fundador de Ensegundos.do, periódico digital que surgió en 2007, miembro de la directiva de la Academia Dominicana de Periodistas de Espectáculos, productor de las Exclusivas de José Peguero, Ha formado parte de varios medios entre los que se destacan el Caribe, Remolacha.net, Masvip.com, Noticias SIN.