Saltar al contenido

Nuevo Código Penal: Romper un vidrio o tirar piedras a vehículos se castigará con cárcel, multas y confiscación

El auge de la violencia vial y los actos de vandalismo sin consecuencias en las calles dominicanas tienen los días contados. Con la promulgación de la Ley 74-25, que establece el nuevo Código Penal de la República Dominicana, conductas antes comunes como la de motoristas que destruyen cristales tras un roce de tránsito, o personas que arremeten a pedradas y martillazos contra vehículos por motivos de celos, serán severamente castigadas con prisión y la pérdida de sus bienes.

Así lo advirtió el reconocido abogado penalista César Amadeo Peralta, quien exhortó a toda la ciudadanía —especialmente a los conductores de motocicletas y a ciudadanos propensos a ataques de ira— a estudiar la nueva normativa. El jurista recordó que, bajo el amparo del artículo 1 del Código Civil dominicano, «la ley se reputa conocida por todos», por lo que alegar ignorancia no evitará que los infractores terminen en prisión.

“Las calles dominicanas, con el auge de la violencia sin consecuencias, venían tornándose inseguras. Cualquier motorista tomaba la ley en sus manos y, por cualquier situación de tránsito, le causaba daños a un vehículo y como todo un cobarde huía despavorido. Lo mismo sucedía con los arranques de celos, donde se desquitaban con el vehículo de la pareja a pedradas o batazos y no pasaba nada. Ahora ya no será así”, afirmó Peralta.

Las penas por el «daño a un bien ajeno»

El nuevo Código Penal introduce de manera específica el delito de «Daño a un bien ajeno» en sus artículos 267 y 268. Quien destruya, degrade o deteriore total o parcialmente una propiedad ajena de forma dolosa enfrentará una escala de sanciones civiles y penales sumamente estricta.

1. Sanciones básicas y agravadas

  • Infracción menor: De 6 meses a 1 año de prisión menor y multas de uno a dos salarios mínimos.
  • Infracción agravada (De 1 a 2 años de prisión y multas de 3 a 6 salarios mínimos): Se aplicará si el daño ocurre bajo condiciones específicas, tales como:
    • Si el bien afectado es de utilidad pública o pertenezca al Estado.
    • Si posee valor cultural, histórico, científico o artístico.
    • Si el delito es cometido por dos o más personas (asociación de malhechores).
    • Si se ejecuta violando una orden de protección previa en favor de la víctima.
    • Si el valor de los daños supera los 20 salarios mínimos del sector público (aproximadamente RD$200,000 pesos).

2. De la pedrada en carretera a los 40 años de cárcel

Peralta hizo una advertencia radical a quienes se dedican a lanzar piedras a vehículos en túneles, elevados y carreteras, así como a quienes destruyen propiedad privada durante manifestaciones y huelgas. Si estas acciones escalan, las penas pasan a ser de prisión mayor:

  • Daños a edificios, locales comerciales o viviendas: De 5 a 10 años de prisión mayor.
  • Si el acto ocasiona golpes o heridas a una persona: De 10 a 20 años de prisión mayor.
  • Si provoca la muerte de una persona: De 20 a 30 años de prisión mayor.
  • Si provoca la muerte de más de una persona (ej. el volcamiento de un vehículo): De 30 a 40 años de prisión mayor y multas de hasta mil salarios mínimos.

«Se les bajará la guapeza»: Confiscaciones y castigos colaterales

Además de los años de cárcel, el tribunal penal impondrá un severo régimen de consecuencias económicas y sociales destinadas a resarcir a las víctimas. Según el análisis del jurista, a los condenados se les aplicará:

  • Restitución e Indemnización: Obligación de pagar el costo total de los daños materiales, más los «daños y perjuicios» civiles y los gastos legales del proceso.
  • Decomiso de bienes (Art. 34, párrafo 7): El juez podrá ordenar la confiscación del vehículo o la herramienta utilizada para causar el daño (por ejemplo, la motocicleta en la que viajaba el agresor o el objeto contundente empleado).
  • Muerte civil y profesional: Inhabilitación permanente para trabajar en el Estado o para ejercer la profesión bajo la cual se cometió la infracción, además de la revocación definitiva o temporal de la licencia de porte y tenencia de armas de fuego.
  • Trabajo Comunitario: Condenas de hasta 300 horas de servicio obligatorio en instituciones como Hogares Crea, el Cuerpo de Bomberos, la Defensa Civil o las alcaldías locales.

Con este nuevo marco jurídico, el sistema legal dominicano busca frenar el vandalismo cotidiano y garantizar que los ciudadanos respondan de manera penal y económica por los daños directos e colaterales que causen a la propiedad privada.

Ensegundos.do

Ensegundos.do

Es un medio de comunicación a través de la Web, fundado el 30 de junio del año 2007, por el periodista José Peguero. Surge con la motivación de crear un espacio dominicano en la red donde sus lectores, no sólo puedan estar informados sobre los acontecimientos más recientes de los ámbitos sociales, políticos y de entretenimiento, de alcance nacional e internacional, sino que además puedan expresar sus opiniones y aportaciones de manera pública de los temas debatidos.