La comisión administrativa creada por la Ley 16-26 celebró su primera sesión de trabajo, en la cual aprobó el protocolo operativo que regulará la revisión, evaluación y tramitación de las reclamaciones de deudas derivadas de obras públicas ejecutadas con o sin contrato formal.
El documento técnico establece las reglas y los requisitos normativos que deberán cumplir los expedientes para que el Estado proceda con el reconocimiento y la posterior liquidación de los pagos correspondientes.
Composición del organismo técnico
La estructura de la comisión encargada de la aplicación de la referida legislación está integrada por los siguientes funcionarios:
- Magín Díaz, ministro de Hacienda y Economía, quien ejerce la presidencia del organismo.
- Geraldo Espinosa Pérez, contralor general de la República.
- José Rijo Presbot, director general de Presupuesto.
- Carlos Pimentel, director general de Contrataciones Públicas.
Directrices del protocolo y orden de prioridad
El marco operativo aprobado por los comisionados será de conocimiento público y define los criterios técnicos uniformes para garantizar la seguridad jurídica de las actuaciones administrativas. Durante la sesión se adoptaron los siguientes lineamientos:
- Prioridad inicial: Se otorgará preferencia en el orden de evaluación a aquellos expedientes de contratistas que ya se encontraban en proceso de revisión por parte de la Contraloría General de la República al momento de entrar en vigor la Ley 16-26.
- Fiscalización: El protocolo fue remitido formalmente a los veedores designados y a las instituciones públicas comprendidas en la ley para la aplicación de los mecanismos de supervisión y rendición de cuentas.
Alcance institucional de la legislación
La normativa legal afecta y abarca los compromisos económicos contraídos por contratistas en proyectos ejecutados para las siguientes entidades estatales:
- Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC)
- Ministerio de Educación (MINERD)
- Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA)
- Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI)
- Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD)
- Antigua Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE)
El inicio de los desembolsos económicos estará supeditado a la validación técnica previa de cada expediente, conforme a los requisitos administrativos estipulados en el nuevo protocolo institucional.



