La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitió la sentencia número SCJ-TS-26-1193, mediante la cual ratificó el fallo previo del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que ordena al Instituto Postal Dominicano (INPOSDOM) el reintegro de la excolaboradora Haidy Ivanova Martínez Gómez. La resolución judicial dispone además el pago íntegro de los salarios dejados de percibir por la afectada desde el momento de su desvinculación de la entidad.
A pesar de que la decisión de la alta corte adquirió la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, la dirección general del INPOSDOM, encabezada por Erick Guzmán Núñez, no ha procedido con la ejecución de la orden judicial ni ha emitido una respuesta formal sobre el estatus del caso.
El artículo 7 de la Constitución de la República Dominicana define al país como un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado bajo el principio de separación de poderes. En el plano legal, la omisión o el retraso en el cumplimiento de sentencias definitivas por parte de instituciones estatales compromete la responsabilidad patrimonial del organismo público y puede derivar en responsabilidades personales para el funcionario a cargo.
Ante la falta de ejecución de la sentencia, diversos sectores han señalado la necesidad de que el Poder Ejecutivo, liderado por el presidente Luis Abinader, intervenga para asegurar el cumplimiento de las decisiones emanadas del Poder Judicial, con el fin de preservar la seguridad jurídica y el orden institucional del Estado.



