El Ministerio Público arrestó este martes a un hombre condenado a 10 años de prisión tras ser declarado culpable de incurrir en delitos sexuales contra una menor de edad.
Henry Arturo Almonte García fue arrestado en la intersección de la avenida John F. Kennedy con la calle Defilló, en el Distrito Nacional, por la Unidad de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados (Ucaprec) del Ministerio Público, que encabeza la fiscal Andry De Los Santos.
La Ucaprec ejecutó el arresto en virtud de la sentencia núm. SCJ-SS-26-1310, emitida por la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia tras rechazar un recurso de casación presentado por el procesado contra la sentencia de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que le ratificó la condena.
Con la decisión quedó confirmada la sentencia núm. 502-01-2026-SSEN-00036, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional en fecha 24 de abril de 2026, la cual ratificó la decisión del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que condena a Almonte García a 10 años de prisión y al pago de las costas penales del proceso, luego de declararlo culpable de delitos de abuso sexual y psicológico cometidos contra la menor de edad.
La condena fue dictada por la violación de varios artículos del antiguo Código Penal dominicano y la Ley núm. 136-03 que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
En el aspecto civil, Almonte García también fue condenado al pago de una indemnización de tres millones de pesos dominicanos (RD$3,000,000) en favor y provecho de una fundación que brinda asistencia psicológica a la víctima.
La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, integrada por los jueces Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy I. Salcedo Fernández, María G. Garabito Ramírez y Yorlin L. Vásquez Castro, luego de acoger la petición del Ministerio Público, rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa del procesado, estableciendo en su sentencia que, contrario a lo sostenido por el recurrente, la decisión impugnada contiene una exposición clara, coherente y ordenada de las cuestiones de hecho y de derecho que sirvieron de fundamento al fallo.



