Patrick Stuebing y Susan Karolewski, hermanos ‘de sangre’, no tienen derecho a tener una relación incestuosa. Al menos, así lo ha reconocido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (ECHR), al que habían recurrido los dos hermanos después de que Patrick pasase más de un año en prisión por su relación, de la que han nacido cuatro hijos. Según Estrasburgo, la Justicia Alemana tiene derecho a vetar el incesto.



Patrick y Susan no se conocieron de niños. Cuando Patrick tenía tres años, fue entregado a un hogar de acogida por los malos tratos de su padre y a los siete fue adoptado. No entró en contacto con su familia ‘de sangre’ hasta 2000. Tras la muerte de su madre biológica en diciembre, Patrick -que entonces tenía 23 años- y su hermana pequeña -de 16- «intensificaron su relación», según el ECHR. Un mes después empezaron a tener relaciones sexuales.

Entre 2001 y 2005, Patrick Stuebing y Susan Karolewski tuvieron cuatro hijos, de los cuales dos sufren discapacidad, según la BBC. Los servicios asistenciales alemanes se han hecho cargo de tres de los niños (los dos con discapacidades físicas y psíquicas y un tercero con un problema cardiaco).



Stuebing fue condenado en noviembre de 2005 a 14 meses de prisión por incesto. Previamente, ya había sido condenado por el mismo motivo a un año de cárcel (que no cumplió) y a dos meses de prisión, en otras dos condenas por cargos de incesto. Su hermana no fue condenada porque «padece un trastorno de la personalidad y depende considerablemente de su hermano», según Estrasburgo. La justicia alemana determinó que Susan sólo es parcialmente responsable de sus actos

En febrero de 2006, el condenado recurrió al Tribunal Federal Constitucional alemán, que rechazó su petición, al considerar que la condena por incesto no atenta contra la vida privada, sino que pretende proteger el matrimonio y la familia, por el riesgo de los niños nacidos del incesto.

Los hermanos recurrieron a Estrasburgo porque consideran que, si otras personas con riesgo de tener descendencia con problemas (como personas mayores o discapacitados psíquicos) pueden procrear, ellos también deberían tener este derecho. «La motivación eugenésica tiene sus raíces en la ideología racista del Nazismo», aseguran los abogados de Stuebing en sus argumentos.

Sin embargo, el Tribunal Europeo ha avalado la actuación de la Justicia alemana y considera que no se violaron sus derechos a la vida familiar y privada al condenarlo.

Según Estrasburgo, Alemania -como la mayoría de los países miembros del Consejo de Europa- prohíbe las relaciones sexuales consentidas entre hermanos adultos. «Es más, todos los sistemas legales revisados, incluso aquellos que no imponen una responsabilidad penal [como España], prohíben a los hermanos casarse. Así que hay un amplio consenso de que las relaciones sexuales entre hermanos ni son aceptadas por el orden legal ni por la sociedad».

Fuente: elmundo.es