Santo Domingo. El Tribunal Constitucional (TC) decidió que la resolución 86-11 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), que autoriza a los organismos de seguridad del Estado a espiar las llamadas telefónicas de cualquier ciudadano sin la autorización de un juez, es inconstitucional porque «violenta el derecho a la intimidad, en su vertiente de derecho al secreto y privacidad de la comunicación».

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Asimismo, la decisión del TC establece que esa medida del Indotel altera el «principio de razonabilidad, el principio del debido proceso y el principio de legalidad penal, contenidos en la Carta Magna» dominicana.

La sentencia, que fue dada a conocer ayer, pero que fue dictada el 7 de noviembre, fue aprobada con once votos a favor y un voto disidente, informo el tribunal en un comunicado de prensa.



El Tribunal Constitucional consideró que los accionantes, los periodistas Namphi A. Rodríguez, José Rafael Molina Morillo, la Fundación Prensa y Derecho y el Centro para la Libertad de Expresión de la República Dominicana, «demostraron tener un interés legítimo y jurídicamente protegido, en vista de que los efectos de la ejecución de las disposiciones contenidas en la resolución 86-11 pudieran afectar el manejo de datos relacionados al tráfico y conexión de las comunicaciones de dichos ciudadanos, por lo cual podrían resultar perjudicados con dicha resolución».