La Superintendencia de Bancos, aclara en un comunicado enviado a la prensa que hasta el día de hoy, no ha recibido requerimiento de informe técnico alguno de parte de la Fiscal del Distrito Nacional, para esa instancia judicial accionar frente a las diversas querellas interpuestas por diferentes personas en contra de los señores Luis Santoro Castellano, Grabiel A. Jimenez Aray, y los hermanos Nelson Serret Sugrañez, Carlos Alberto Serret Sugrañez, y Jorge Serret Sugrañez, accionistas del Banco Peravia de Ahorro y Crédito SA.
Es costumbre de esta Superintendencia de Bancos proceder con la remisión inmediata de cualquier tipo de información requerida por la Fiscalía; ya sea lo requerido de índole personal, o técnico, pero siempre ajustada al cumplimiento de las formalidades legales.
La Superintendencia de Bancos indica que actúa en el marco de la Ley Monetaria y Financiera, pero las querellas depositadas además de tipificar violaciones a la Ley Monetaria y Financiera, también consignan violaciones a disposiciones previstas en el Código Penal (abuso de confianza y asociación de malhechores) y Ley de Lavados de Activos; por cuanto el Ministerio Público no debería condicionar su accionar a la recepción de un informe de este órgano de la Administración Monetaria y Financiera, que habrá de surgir en ocasión del proceso de disolución del Banco Paravia.
Señala la información remitida a este medio que la Superintendencia de Bancos, producirá un informe a partir de la ejecución la Resolución la Autoridad Monetaria de fecha 19 de Noviembre del 2014 que ordena la disolución del Banco de Ahorro y Crédito Peravia SA, y en tal sentido mal podría esa Fiscalía condicionar su accionar al recibo de este informe, cuando las querrellas habían sido interpuestas hasta tres meses antes de producirse la resolución de la Autoridad Monetaria.