Santo Domingo. Cirujanos con especialidades realizadas en México, certificados por el Ministerio de educación Superior Ciencia y Tecnología, expresaron su descontendo ante una resolución que les impide ejercer su carrera.

Cirujanos



La resolución del Ministerio de Salud Pública que entró en vigencia desde el 20 de marzo de 2015 indica que “se prohíbe a las clínicas y centros hospitalarios permitir el uso, bajo cualquier modalidad, de sus salas de cirugía, a “personal no idóneo, que no cumpla con los requisitos establecidos en esta resolución para el ejercicio de la cirugía plástica, estética y reconstructiva en el territorio nacional”.

Ante esta situación la Sociedad Dominicana de Cirugía Estética (SODOCIES), dio a conocer su posición ante los recientes acontecimientos en el área de la cirugía estética en el país tras disposición de Salud Pública.



La asociación presentó un Recurso Contencioso el pasado viernes 17 de abril del 2015, con el objetivo de declarar la nulidad de la Resolución 000008 del Ministerio de Salud Pública (MSP) emitida en fecha 20 de marzo del año 2015 y publicada el 24 de marzo del mismo año, que establece requisitos al ejercicio profesional de los médicos cirujanos plásticos, estéticos y reconstructivos en violación a la Constitución y las leyes, con un ejercicio a todas luces discriminatorio y abusivo de su poder reglamentario.

Durante el encuentro de prensa, el Dr. Bernardo Pichardo Presidente de SODOCIES, informó que dicha resolución afecta a sus miembros, que son especialistas quirúrgicos, con Maestría en Cirugía Estética, otorgada por una Universidad reconocida oficialmente en México y certificados por el Ministerio de educación Superior Ciencia y Tecnología (MESCYT), por tanto autorizados a ejercer la cirugía estética oficialmente en todo el territorio nacional.

Los licenciados José Alejandro Ayuso y José Eliseo Almanzar, representantes legales de SODOCIES, manifestaron que con esta resolución se violan los derechos fundamentales de los miembros de dicha sociedad, protegidos y garantizados por la constitución de la república, la ley de libre acceso a la información y la ley sobre los derechos y deberes de los ciudadanos para con la administración pública.

La disposición antes mencionada de Salud Pública sostiene que las clínicas, centros médicos y/o establecimientos de la salud, públicos o privados que realicen los procedimientos médicos contemplados en la resolución, deberán contar con los profesionales de la salud que cumplan con los requisitos establecidos.

La disposición debe ser conocida por el Ministerio de Educación Superior Ciencia y Tecnología (MESCyT), la Dirección General de Habilitación y Acreditación, Colegio Médico Dominicano (CMD), Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Sociedad Dominicana de Cirugía Plástica, Reconstructiva y Estética, Inc. y la Asociación Nacional de Clínicas y Hospitales Privados (ANDECLIP), concluye Salud Pública.