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TC publica sentencia que sostiene el derecho constitucional a la vida

Ensegundos.do 7 enero 2016
Justicia

Santo Domingo, República Dominicana. El Tribunal Constitucional publicó la sentencia, anunciada el pasado mes, que establece que recientes provisiones legales que debilitaron la política pública a favor de la vida del país, fueron aprobadas y promulgadas de manera inconstitucional.

Justicia

Estos cambios jurídicos permitieron el acceso a la aborto por el simple hecho de que el bebé hubiera desarrollado alguna discapacidad. El Tribunal concluyó que el nuevo Código Penal, que contravenía la Constitución pro-vida del país, fue promulgada inconstitucionalmente por el Presidente Danilo Medina, quien presentó observaciones sin la aprobación constitucionalmente requerida ambas Cámaras del Congreso, al omitir al Senado.

“Toda vida inocente merece ser protegida,” dijo la Consejera Legal de ADF Internacional, Sofía Martínez. “El haber ignorado los requisitos de aprobación de la constitución de la República Dominicana derivados de observaciones presidenciales para pasar una ley que hubiera permitido la muerte de bebés dentro del vientre materno solo porque se considera que no están perfectamente sanos es inapropiado, inhumano e incompatible con la voluntad del pueblo.”

La ley permitía el aborto si los doctores determinaban que el bebé por nacer padecía alguna enfermedad o contaba con alguna discapacidad, lo cual concluía que el éste era “incompatible con la vida” desde el punto de vista médico.

“En América Latina, hemos visto un cada vez más frecuente impulse político contra la vida y la familia en los últimos dos años.,” explicó Martínez. “En países como Colombia, Perú, México, Argentina, Paraguay, y Chile, los promoventes del aborto han recurrido a hacer lo que sea necesario para avanzar su agenda, aunque esto signifique, en algunos casos, ignorar o desobedecer la ley. La decisión del Tribunal Constitucional de la República Dominicana nos da a entender que esta inobservancia de la ley no se tolerará en ese país.”

Dos organizaciones de la República Dominicana con las que ADF Internacional se alió, Fundación Matrimonio Feliz y Fundación Justicia y Transparencia, presentaron una demanda de inconstitucionalidad en contra del nuevo Código Penal poco después de su promulgación por parte del Presidente Medina hace un año. Así mismo, ADF Internacional presentó un escrito Amicus Curiae ante el Tribunal Constitucional para este caso denominado Demanda de Inconstitucionalidad contra los artículos 107, 108, 109 y 110 de la ley 550-14 que establece el Código Penal de la República Dominicana.

En su escrito, ADF Internacional afirmó la postura de la demanda de inconstitucionalidad de sus aliados – que el proceso de aprobación de la ley fue irregular y entró en conflicto con la Constitución de la República Dominicana. El Tribunal Constitucional llegó a la misma conclusión.

“En la especie se ha producido un vicio sustancial del procedimiento legislativo, con la inobservancia de un trámite materialmente imprescindible y relevante.…,” el Tribunal publicó su sentencia el 17 de diciembre. “El vicio de procedimiento a que hemos hecho alusión afecta irremediablemente la validez y constitucionalidad del nuevo Código Penal y, por consiguiente, este debe ser expulsado del ordenamiento….”

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