Los dominicanos con residencia americana permanente deben solicitar antes de salir de los Estados Unidos un permiso de “reingreso” para no perder su estatus y que le cancelen su residencia.
El abogado experto en asuntos migratorios, William Alcántara, advirtió que a diario les están cancelando residencia a muchos dominicanos, porque se pasan del tiempo permitido viviendo en la República Dominicana.
“Es lamentable que por falta de conocimiento y de negligencia muchos dominicanos estén perdiendo su residencia americana, cuando con tan solo presentar el formulario l-131 pueden solicitar el reingreso y durar hasta dos años en el país” señaló Alcántara.
Apunta que la Ley de Inmigración de los Estados Unidos establece que “si usted planea estar ausente de los Estados Unidos durante más de un año, es aconsejable aplicar primero un permiso de reingreso en el Formulario I-131 . La obtención de un permiso de reingreso antes de salir de los Estados Unidos permite que un residente permanente o condicional para solicitar la admisión en los Estados Unidos durante la validez del permiso sin la necesidad de obtener una visa de residente que regresa de una embajada o consulado en el extranjero”.
Además, se debe advertir que “tenga en cuenta que no se garantiza la entrada a los Estados Unidos a su regreso a medida que se debe determinar primero la admisibilidad; sin embargo, le ayudará a establecer su intención de residir permanentemente en los Estados Unidos.”
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William Alcántara sostuvo que los “los residentes permanentes son libres de viajar fuera de los Estados Unidos, y temporal o breve recorrido por lo general no afecta a su estado de residente permanente. Si se determina, sin embargo, que no tenía intención de hacer de los Estados Unidos su hogar permanente, se le comprueba que ha abandonado su condición de residente permanente” se le puede cancelar la residencia.
La ley establece que “el abandono puede ser encontrado a ocurrir en viajes de menos de un año, donde se cree que no tiene la intención de hacer que los Estados Unidos su residencia permanente. Aunque breves viajes al extranjero generalmente no son problemáticos, el oficial puede tener en cuenta criterios tales como si su intención era visitar el extranjero sólo temporalmente, ya sea que haya mantenido lazos familiares y comunitarios de los Estados Unidos, mantuvo empleo en Estados Unidos, presentó los Estados Unidos impuestos sobre la renta como residente, o consta de otro modo su intención de regresar a los Estados Unidos como su hogar permanente. Otros factores que pueden considerarse incluyen si usted mantuvo una dirección postal de Estados Unidos, nos mantenían cuentas bancarias y una licencia de conducir válida en EE.UU., propiedad o tiene un negocio en los Estados Unidos, o cualquier otra evidencia que apoya el carácter temporal de su ausencia.
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La ley señala que “si permanecen fuera de los Estados Unidos durante más de 2 años, cualquier permiso de reingreso concedida antes de su salida de los Estados Unidos habrá expirado. En este caso, es aconsejable considerar la aplicación de una visa de residente que regresa (SB-1) en la Embajada de Estados Unidos más cercana o consulado. Se requerirá un solicitante SB-1 para establecer la elegibilidad para una visa de inmigrante y necesitará un examen médico. Hay una excepción a este proceso para el cónyuge o hijo de un miembro de cualquiera de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o empleado civil del gobierno de Estados Unidos estacionados en el exterior en las órdenes oficiales”.
Además, las ausencias de los Estados Unidos de seis meses o más pueden interrumpir la residencia continua requerida para la naturalización. Si su ausencia es un año o más y que desean preservar su residencia continua en los Estados Unidos para fines de naturalización, puede presentar una Solicitud para conservar la residencia para propósitos de naturalización en el Formulario N-470. Para obtener más información, consulte el » continuo de residencia y presencia física Requisitos página».
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