Por Alejandro Paulino

El viernes 23 de junio a las 2:00 de la tarde se leerá la sentencia sobre el recurso de amparo interpuesto por un grupo de miembros pasivos de Acroarte que exigen su derecho a votar en las elecciones del próximo sábado, los cuales son representados por el abogado Trajano Vidal Potentini.



Así lo determinó la jueza de la Cuarta Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional Patricia Jones Rocha.



Mientras que la bancada de abogados de Acroarte, encabezada por Cándido Simón Polanco, expresó que demostraron en el tribunal que la acción de amparo interpuesta por la parte demandante prescribió.

Esto así porque debieron presentarla en un plazo de 60 días a partir de noviembre de 2015, cuando Acroarte aprobó la resolución que impide el voto a los miembros pasivos, como manda el artículo 70 de la Ley 137-11, que dice que la acción de amparo prescribe a los 60 días, por lo tanto esta es inadmisible.

“La acción de amparo está prevista para los derechos fundamentales y constitucionales y el Tribunal Constitucional ha dicho en tres sentencias que el derecho a elegir y ser elegible en un gremio no es un derecho fundamental, porque el artículo 22 de la Constitución es el derecho a elegir para los funcionarios públicos”, dijo el jurista.

En esta audiencia Acroartefue representada por Edwin Félix; Juan Manuel Morel, interviniente voluntario de Amerfi Cáceres y Jenny Lovera; así como Melvin Velázquez y Alejandro Alberto Paulino Vallejo, intervinientes voluntarios por Joseph Medina y Julián Sosa. Abel Rojas Elena estuvo representando la seccional de Santiago.

El jurista explicó que los abogados que están representando a 14 miembros pasivos no pueden accionar o hablar por los 85 que lo están, ya que es una usurpación de funciones.

“Ellos ni siquiera demostraron que son miembros de Acroarte, y tú no puedes accionar en justicia sin demostrar quién eres, ya que no presentaron constancia de esto”, concluyó.