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Ensegundos.do

¿Cuándo los agentes pueden hacer uso racional de la fuerza? La Policía explica

Por José Peguero
1 agosto 2018
Tiempo de lectura:3 minutos de lectura
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«El uso racional de la fuerza de parte de los miembros de nuestra Policía Nacional no es una decisión propia de ningún agente, sino una de las atribuciones que la Constitución de la República pone a disposición del cuerpo del orden para el estricto cumplimiento de la ley, en el ejercicio de sus funciones», explicó la institución del orde en un comunicado de prensa.

Añadió que, en muchos casos, la presencia de la Policía, las advertencias a ciertos ciudadanos para prevenir y evitar violaciones a las leyes, no son suficientes para mantener la paz y el orden público porque cuando desaprensivos deciden cometer algún tipo de delito, las autoridades policiales deben ejecutar acciones que permitan llevarles ante la justicia.

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«Pero no siempre quienes quebrantan la ley tienen la conciencia de ponerse a disposición de la justicia y muchas veces se resisten a ser detenidos, como establece la ley. Es en esas circunstancias que los miembros del cuerpo del orden deben recurrir al uso racional de la fuerza, con previa advertencia al transgresor de la ley para que deponga su actitud», agregó.

Indicó que el uso racional de la fuerza no es una acción que se realiza fuera de los procedimientos policiales, sino que para regular su ejecución, la Policía elaboró un reglamento de 72 páginas, de ocho capítulos, en los cuales quedan «claramente» establecidos los protocolos de actuación ante cualquier caso que se presente y en el que los agentes deban actuar.

«El reglamento establece que el uso racional de la fuerza solo será ejercido por los miembros de nuestra Policía Nacional, para neutralizar al máximo cualquier posible agresión y evitar posibles hechos de violencia contra terceras personas, sino que también permite que cuando cualquier persona requerida por las autoridades se resista al arresto, el agente debe defender las instalaciones bajo su responsabilidad, o a las personas detenidas que estén bajo su custodia. Siempre respetando sus derechos y su dignidad», argumentó.

Sostuvo que los agentes del orden pueden recurrir al uso racional de la fuerza cuando se lleven a cabo manifestaciones públicas violentas en las que participen personas armadas o que posean objetos que puedan ser usados para agredir a terceros.

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La Policía señaló que el reglamento también establece que sus agentes podrán recurrir al uso de la fuerza cuando estén en situación de inferioridad numérica, en casos de custodia o de apoyo a otras autoridades que requieran la asistencia de nuestros agentes para salvaguardar su vida y restablecer el orden.

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Para el uso racional de la fuerza, los agentes actuantes deberán estar debidamente uniformados e identificados, así como presentarse al lugar de los hechos como demostración de autoridad.

Si los transgresores de la ley no obtemperan, los agentes del orden deberán hacer una advertencia verbal para que desistan de sus propósitos, y de no obedecer, los policias podrán recurrir a las técnicas de control físico permitidas por la institución, las cuales «solo buscan poder establecer el orden, protegiendo la vida de los afectados».

Esas técnicas incluyen la detención y colocación de esposas, uso de macanas o bastón policial, uso de agua y gases lacrimógenos, en caso de ser necesario, detalló.

En cuanto a uso de las armas letales, solo son permitidas en casos de extrema peligrosidad; cuando el transgresor esté armado y ponga en peligro la vida del agente y cuando sea necesario para evitar daños a ciudadanos y ciudadanas.

El uso de la fuerza racional quedará suspendido tan pronto el orden haya sido restablecido y los transgresores de la ley dejen de ofrecer resistencia a las autoridades.

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