Los tatuajes han recorrido un largo camino hasta vivir una explosión que trasciende clases sociales y géneros.

Sus orígenes son milenarios, nacidos como señas de identidad de culturas tan distantes como la polinésica o las andinas. En los siglos XVIII y XIX se identificaban con la vida marinera pero también con ambientes carcelarios y marginales, estigma que se mantuvo hasta el último tercio del siglo XX.



Ahora no es raro ver personas tatuadas que superan los 50 años, ejecutivos que presumen de complejos dibujos en el antebrazo, y en ambientes como el del fútbol lo extraño es ver a algún jugador sin ningún tatuaje.

Tener tatuajes visibles en las manos, puede suponer un hándicap para ser contratado en algunos ámbitos empresariales.

Hay sectores más abiertos a contratar a personas que exhiben estos dibujos en la piel, como algunos segmentos del ocio (bares y discotecas) o tiendas de ropa urbana o juvenil. Pero en otros hay fuertes resistencias.



Otros segmentos reticentes son los que exigen a sus empleados ciertas condiciones de vestimenta y de presencia, ya sea para atender al público o por los códigos internos que aplica cada empresa.

Entre estos se encuentran el sector bancario, los restaurantes de una mayor categoría, el ámbito educativo (sobre todo si es de educación infantil, primaria o de bachillerato) y el aeronáutico.

Muchas personas optan por tatuarse en zonas poco visibles para que el tatuaje no interfiera en sus posibilidades profesionales (Luis Tato)

En muchas aerolíneas precisan, entre los requisitos para sus aspirantes, tener “buena presencia, sin piercings ni tatuajes visibles”. Este mismo punto es remarcado por las Fuerzas Armadas.

¿Qué dice la Constitución?

Artículo 39.- Derecho a la igualdad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal.
En consecuencia: 1) La República condena todo privilegio y situación que tienda a quebrantar la igualdad de las dominicanas y los dominicanos, entre quienes no deben existir otras diferencias que las que resulten de sus talentos o de sus virtudes.

Pero hay una gran zona gris. “El derecho a la imagen física choca con el derecho de la libertad de empresa” para contratar a quien considere, o a establecer criterios de imagen para su personal.

Expertos en recursos humanos advierten que discriminar a los candidatos por su imagen puede provocar que las empresas pierdan talento (Getty)

En caso de que una persona sea contratada y al poco tiempo se haga un tatuaje, existe la posibilidad de que entre en conflicto con la imagen corporativa de la empresa. Y si por esta razón se produce un despido, es difícil determinar si este es improcedente, y “hay que estudiar caso por caso”,

“Lo que no se puede hacer es obligar a la persona a borrar los tatuajes. Sería inviable porque estaríamos hablando de un choque con la integridad física”, puntualizan los especialistas en temas laborales. Cabe recordar que el borrado es un proceso tanto o más largo que la realización de un dibujo y más costoso.

El código de conducta, que alcanza a la vestimenta, está más extendido o al menos es más preciso en las grandes empresas, precisa la doctora en psicología y especialista en recursos humanos Miriam Díez. “Los tatuajes son símbolos que se han extendido y democratizado”, indica, y este proceso tiene que ver con que “las esferas de lo público y lo privado se han diluido”, y ahora el filtro de las empresas también pasa por un análisis de las redes sociales.

Porque tanto llevar un dibujo en el cuerpo como los registros que hacemos en Facebook o Instagram “siempre generan un impacto en los demás”, indica Díez, coordinadora en Escodi (Escola Universitaria de Comerç).

Entre la imagen de empresa y la pérdida de talento

Los procesos de selección son diferente en cada país: en el mundo anglosajón los currículum vitae no llevan fotos “ni datos de raza o sociales que puedan influir en la empresa”.

En este sentido, no contratar a una persona con tatuajes no siempre redunda en un beneficio para la compañía. “Hay algunas empresas que pierden talento por discriminar a los candidatos por su imagen”, puntualiza la ejecutiva de Adecco.

Por ello Díez lo ve como un camino de ida y vuelta: no se trata solamente de que la empresa elija a un empleado, sino que el aspirante también tiene que tener claro cuáles son las reglas del juego de la empresa, y si las acepta.

Una compañía es libre de buscar un candidato y prevalecer su política de imagen, “pero los trabajadores somos libres de decir, en caso de que no acepten a alguien con tatuajes, ‘en este tipo de empresa no quiero trabajar’”.

Con información de La Vanguardia