Santo Domingo. El abogado Marino Elsevyf afirmó hoy que el procurador Jean Alain Rodríguez tiene la obligación de hacer las indagatorias y un segundo endoso con respecto a las investigaciones de la empresa brasileña Odebrecht, y los pagos corruptos que se hicieron a través de los denominados pagos estructurados.

Dijo que esos pagos no eran más “coimas” o sobornos que se pagaban a funcionarios públicos e intermediarios para lograr las dieciocho obras de infraestructura que se hicieron en la República Dominicana.



Entrevistado en el programa Toque Final con Julio Martínez Pozo, por Antena 7, Elsevyf explicó que el abordaje de las nuevas evidencias e informaciones sobre el caso debe tener varias operaciones; y que lo primero debe tener en cuenta el procurador es lo verosímil, es decir, que esas nuevas informaciones del caso Odebrecht correspondan con la verdad.



“Para lograr eso tiene que darle seguimiento al dinero por parte de las cuentas que los periodistas internacionales, conjuntamente con la periodista Alicia Ortega y su equipo, han puesto a disposición de la Procuraduría General de la República para hacer las indagatorias, y que todo el que esté involucrado tenga que dar una respuesta con respecto al dinero que recibió de la empresa a través de dichos pagos de soborno”, expresó el destacado jurista.

Al preguntarle, si comparte el criterio de que corresponde una instrucción complementaria y quién debe llevarla a cabo, precisó que en este caso se debe realizar un segundo endoso porque no es un complemento de una investigación, sino una nueva investigación con nuevos actores, aunque se trate del mismo crimen de soborno.

“En este caso no pudiera retrasarse el proceso que ya ha sido iniciado y hay varios enviados como imputados al proceso”, destacó.

Indicó, además, que una nueva investigación retardaría muchísimo el proceso, por lo que el Ministerio Público, en este caso el procurador Jean Alain Rodríguez, tendría que solicitar de nuevo a la Suprema Corte de Justicia la designación de un juez de instrucción especial en caso de que existan personas que tengan privilegios de jurisdicción.

Sin embargo, entiende que, de no existir tal privilegio, en la jurisdicción de derecho común, es decir, en primer grado ante los tribunales de la República, tomando en cuenta el domicilio de las partes y el hecho mismo de que Odebrecht tenía su domicilio en el Distrito Nacional, seria frente al Tribunal de Primera Instancia que se encuentra en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.