El exbanquero español Jaime Botín fue condenado a 18 meses de prisión y una multa de 52,4 millones de euros por haber sacado de contrabando de España un cuadro de Pablo Picasso, que pasó a manos del Estado, informó este jueves un tribunal en Madrid.

Botín, expresidente de Bankinter, fue hallado culpable por un juzgado en la capital española de «un delito de contrabando de bienes culturales por intentar sacar de territorio nacional sin permiso alguno el cuadro de Pablo Picasso ‘Cabeza de mujer joven'», explicó el tribunal en un comunicado.



Jaime Botín, a su llegada a los juzgados, en noviembre en Madrid. KIKE PARA

La corte confirmó que la propiedad del cuadro, actualmente en el museo Reina Sofía de Madrid, pasa a ser del Estado español, una consecuencia de este tipo de exportaciones prohibidas.

Esta decisión puede ser recurrida ante una instancia superior, recordó la corte.



De todas maneras, es improbable que Botín vaya a la cárcel toda vez que en España las penas de prisión inferiores a dos años suelen no aplicarse cuando los condenados carecen de antecedentes criminales y no han cometido delitos de sangre.

El exbanquero, de la familia Botín, dirigente histórica del Banco Santander, el primero de la zona euro por capitalización bursátil, intentó en vano desde 2012 obtener la autorización de exportar el lienzo, estimado en 26 millones de euros (29 millones de dólares).

Su intención era vender la obra, que muestra a una mujer de pelo largo en colores ocres, en una subasta en la casa Christie’s en Londres.

Pero el Ministerio de Cultura consideró el cuadro como un bien cultural «inexportable», porque «no existe una obra semejante en España» de esta época artística de Pablo Picasso.

Pese a ello, a mediados de 2015 Botín sacó de España desde Valencia (este) el cuadro a bordo de un yate, donde fue confiscado el 31 de julio en la isla mediterránea de Córcega por la aduana francesa.

Los abogados de Botín siempre afirmaron que el cuadro, comprado en Londres en 1977, no es español sino británico, por lo que no habría estado sometido al derecho español, pero en la sentencia, el tribunal madrileño consideró que es «un claro ejemplo de patrimonio histórico español».

El cuadro pertenece al periodo del pintor malagueño en el pueblo catalán de Gósol, donde pintó un centenar de obras en 1906, y que fue decisivo para el posterior desarrollo del cubismo.