La epidemia de Influenza denominada por la prensa internacional como fiebre española, era una fuerte gripe que atacó la humanidad a escala mundial, a consecuencia de la cual murieron entre 50 y 100 millones de personas entre 1918 y 1920. Gran cantidad de los fallecidos eran niños y ancianos, pero también un considerable número de víctimas fueron jóvenes y adultos saludables de ambos sexos.

Esta enfermedad atacó una Europa que terminaba una terrible guerra con todavía miles de personas convalecientes, millones de desplazados y con parte importante de los sistemas sanitarios, productivos y de servicios seriamente afectados o colapsados, lo que facilitó la expansión del mal.



Indica el sitio Noticiasbarahora.com en un recuento historico que el retorno de combatientes a sus países de origen, diseminó la epidemia a escala mundial con gran rapidez, desbordando las estructuras de salud de las naciones. El intercambio comercial por vía marítima se convirtió en una correa de transmisión del virus, el cual se expandió rápidamente castigando a casi todos los pobres del mundo.



España no participó en la Primera Guerra Mundial y su prensa no censuraba las informaciones sobre la epidemia, razón por la cual en otras naciones lectores ávidos de noticias sobre la fiebre en los periódicos españoles le pegaron al flagelo el nombre de fiebre española.

La Influenza se expandió rápidamente por Estados Unidos, Centroamérica y América del Sur. Colombia, Cuba, Haití, Jamaica y Puerto Rico. Las pequeñas islas antillanas fueron copadas por la epidemia. En Camaguey y Bogotá la dureza del mal causó muchas víctimas.

2-La Fiebre Española en la República Dominicana

En nuestro país ante el peligro de contagio se tomaron las precauciones pertinentes contempladas en la Ley de Sanidad vigente y se aplicaron los protocolos de cuarentena a las embarcaciones provenientes de lugares atacados por el flagelo. Se aplicaron controles a las mercancías y personas provenientes de Haití, sin embargo la llegada de contingentes de braceros haitianos e isleños, trajeron la enfermedad al país, primeramente por los puntos de entrada de braceros, particularmente Dajabón. Posteriormente también llegó por Barahona, Azua, Puerto Plata, Montecristi y el puerto de Santo Domingo.

A pesar de las medidas extremas de cuarentena adoptadas contra buques que provenían de lugares sospechosos, no fue posible evadirla. A esto se sumaba el hecho de que los soldados norteamericanos que ocupaban nuestro país, se movilizaban continuamente dentro y fuera del territorio nacional, por lo que no debe descartarse que también la soldadesca invasora fuera un factor de contagio. Hay que tener presente que fue en barracas militares yanquis de Kansas City donde se inició la epidemia. Seguir esta última pista es tarea de médicos y especialistas del ramo, no de Economistas.

La pandemia encontró nuestro territorio con un “sistema” de salud bastante precario, especialmente por la inestabilidad política, económica y social que habíamos experimentado desde la muerte violenta del Presidente Ramón Cáceres en Noviembre de 1911. Las constantes acciones bélicas repercutían desfavorablemente sobre la producción, el comercio exterior y las recaudaciones fiscales. La institucionalidad del estado, era la principal víctima de la inestabilidad político-militar reinante.

Con su percepción muy arraigada sobre las fallas que percibían del Sector Salud dominicano, los ocupantes militares promulgaron la Orden Ejecutiva No 196 de fecha 9 de agosto de 1918 (GO 2935), mediante la cual se creaba la Junta Superior de Sanidad, encabezada por un oficial del cuerpo médico estadounidense. El dispositivo también contemplaba la supresión de las Juntas Provinciales de Salud y otras categorías, contando además el Jefe de Sanidad con la atribución de nombrar funcionarios médicos, previamente aprobados por las altas autoridades invasoras.

Conforme a datos de las tropas yanquis, la epidemia de Influenza o Fiebre Española contagió en República Dominicana 96,828 personas, de las cuales fallecieron 1,654. Esta cantidad de muertes fue considerada notablemente baja por las autoridades sanitarias de ocupación (1.7%). Sin embargo, en realidad atacó aproximadamente el 10% de la población nacional. Además el hecho de que estas muertes se produjeran en muy pocos meses, hizo cundir el pánico, especialmente entre las clases más desfavorecidas económicamente.

En el período que va desde el 31 de Agosto de 1918 hasta 26 de Noviembre de 1919 fueron emitidos 39 Reglamentos Sanitarios. En adición a estos dispositivos, se promulgaron también algunas Órdenes Ejecutivas para fortalecer y modernizar el sistema sanitario nacional. Todo el nuevo ordenamiento perseguía enfrentar la Fiebre Española; la prevención de enfermedades infecto-contagiosas; normativas sobre manipulación de alimentos y bebidas; higiene de los mercados y hoteles; control de mosquitos y otras plagas; extracción, manejo y almacenamiento de agua; precios de los medicamentos; lineamientos para panaderías-reposterías; la venta de leche; aportes de los Ayuntamientos a la salud; procedimientos de cuarentena; fórmulas y modo de preparación-almacenamiento de alimentos y bebidas. También sobre notificación obligatoria de enfermedades transmisibles. Todo este andamiaje sanitario se cierra con la promulgación de una nueva Ley de Sanidad de fecha 13 de Octubre de 1919.

Tanto los Reglamentos Sanitarios, las Órdenes Ejecutivas vinculadas a la Salud, así como la Ley Sanitaria antes mencionada, contemplaban un conjunto de penas de prisión y multas, así como el cierre de negocios y otros establecimientos, contra quienes violaran sus disposiciones.

Volviendo a la trayectoria de la epidemia y su cronología, se observa que el ascenso de los casos de Fiebre Española en el país, motivaron que las autoridades sanitarias promulgaran del Reglamento Sanitario No 5 de fecha 15 de Octubre de 1918, que establecía controles, medidas de higiene y prevención, que debía adoptar las personas que atienden afectados por la epidemia, a la vez que contemplaba una cuarentena de 5 días para los curados. También se prohibía que niños enfermos acudieran a la escuela.

Ante la persistencia de la Influenza en Haití, el 5 de Noviembre de 1918, fue dictado el Reglamento Sanitario No 8 mediante el cual se estableció una rigurosa cuarentena terrestre y marítima entre ambas naciones. Cualquier tráfico a través de la frontera, debía ser autorizado por la Guardia Nacional y el Jefe superior de Sanidad.

El artículo 3 de este Reglamento establecía que todo buque procedente de Barahona y Azua que arribara a cualquier puerto del país, será puesto en cuarentena a no menos de 200 metros de la costa, hasta que fuera examinado o hasta que transcurran 7 días sin novedad, luego del período de cuarentena.

El auge de la terrible epidemia en la provincia de Azua informado por el Listín Diario del 11 de Noviembre, menciona centenares de casos de la enfermedad y el cierre de las escuelas. Esto obliga el establecimiento de una absoluta cuarentena terrestre entre Azua, Barahona y la provincia de Santo Domingo.

Con el Reglamento Sanitario No 9 promulgado el 11 de Noviembre de 1918, todo tránsito entre esas provincias debe ser por vía marítima. De igual modo, los buques procedentes de Azua y Barahona sólo podían tomar puerto en Santo Domingo y San Pedro de Macorís. Al arribar a los puertos autorizados debía respetar la distancia establecida y observarían una cuarentena de 5 días.

En caso de que existiera un caso de Influenza, la cuarentena se extendería por 5 días adicionales luego de curado el enfermo. Los pasajeros de esta nave-luego de cumplida esta cuarentena-deberían ser examinados rigurosamente antes de desembarcar. Este Reglamento ante el incremento de la Fiebre Española en puerto Rico, establecía procedimientos similares a los barcos provenientes de esa isla.

En los inicios del mes Diciembre de 1918, las autoridades sanitarias de ocupación, confiando en que lo peor había pasado, dictan el Reglamento Sanitario No 11, en el cual suspenden la cuarentena contra la Influenza en las provincias de Azua, Santo Domingo, La Vega, Santiago y Monte Cristi. Sin embargo, se mantiene estricta cuarentena marítima y terrestre entre Azua y Barahona. Estas medidas se extienden a la parte suroeste de Azua y a lo largo del río Yaque del Sur.

Se mantienen para los buques de ambas demarcaciones, las restricciones contempladas en los Reglamentos 8 y 9. También se elimina la cuarentena a los buques procedentes de Haití que arriben a los puertos de Barahona y Monte Cristi. No obstante, los mismos debían acogerse a los procedimientos ordinarios de cuarentena cuando lleguen a otros puertos. Para los navíos del país vecino, se mantenían limitaciones para entrar al puerto de Azua. Con este Reglamento, se eliminan las restricciones sobre la frontera terrestre.

Para la segunda semana de Diciembre del 1918, se produce en la ciudad capital un incremento notable de los casos de Fiebre Española, lo que obliga a la rápida promulgación el día 14 de ese mismo mes del Reglamento Sanitario No 12, mediante el cual quedaron suspendidas las reuniones públicas en teatros,casinos, clubes, centros de recreo y otros establecimientos similares. Se suprimen los bailes, fiestas y espectáculos públicos en esos lugares.

En el Artículo 2 de este Reglamento se clausuran las escuelas públicas y los colegios. Las actividades al aire libre como reuniones públicas, paradas o espectáculos, estaban autorizadas. También se permitían las actividades religiosas. Otro de sus dispositivos prohibía asistir a los velorios de fallecidos por la epidemia o reuniones en la vivienda de las víctimas. Los familiares al producirse el deceso, debían colocar los cadáveres en un ataúd y sepultarlos a la brevedad posible.

Días tétricos y de terror vivía la población de Santo Domingo y del resto del país. El médico y catedrático universitario Dr Rafael Miranda en su libro “Historia de la Medicina” (Edición de 1960), destaca que en la ciudad capital se vivían momentos dramáticos.

Apunta que las campanadas de las iglesias anunciaban los fallecimientos y no dejaban de repicar. El carro fúnebre recorría las calles a toda hora deteniéndose en todo tipo de vivienda sin importar su condición social. Tan grande era el abatimiento de la población que “las campanas han quedado silenciosas pues son tantas las víctimas, que se opta por no anunciar la cantidad de muertes ocurridas, para no aumentar el pavor que ya se había generalizado”.

Más adelante dice Miranda que ante tantos fallecimientos “era tal el desconcierto, que se dice que se llegó a enterrar personas vivas y aún se comenta que el célebre poeta Apolinar Perdomo fue una de estas víctimas”. El autor cita el caso de una “resucitada” que despertó de su letargo en horas de la medianoche, rodeada de ataúdes depositados en la puerta del cementerio, por lo que salió huyendo despavorida con su blanca bata mortuoria por calles desoladas. Imagino [VGP] que más corrieron los familiares al verla !!

La expansión de la pandemia y las necesidades en aumento de medicamentos por parte de la población, motivó que se dictara el Reglamento Sanitario No 13 el 18 de Diciembre de 1918, en el cual se establecían precios de control a los productos farmacéuticos que se empleaban para el tratamiento de la Influenza, la gripe, enfermedades análogas y cualquiera de sus complicaciones. Un pormenorizado listado de fármacos acompañaba el dispositivo, destacando además, que los mismos sólo podían ser vendidos con un beneficio máximo de 15%. Esta disposición estaría vigente mientras persistiera la enfermedad en el país o en una región.

Más adelante, mediante el Reglamento Sanitario No 14 de fecha 21 de Diciembre, se modifica el Reglamento 13 estableciendo nuevos precios a ciertas medicinas que se utilizaban para combatir la Influenza y otras enfermedades similares.