Los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional aplazaron para el 10 de abril el juicio que se le sigue al exdirigente choferil Arsenio Quevedo, el exregidor Erickson de los Santos Solís y a otros acusados de ser parte de una red de sicariato que se dedicaba a matar choferes por el control de las rutas de transporte en el año 2015.

El nuevo aplazamiento se produjo debido a la no comparecencia de abogados de las defensas técnicas de uno de los imputados, lo que, a juicio de la representante del Ministerio Público, la fiscal litigante Catalina Bueno, no es más que una táctica dilatoria que solo procura dilatar el proceso.



Sostuvo que los acusados no tienen interés en que concluya el proceso ante el temor de que sus defendidos resulten condenados debido a la cantidad de pruebas presentadas por el Ministerio Público y que por esa razón continúan incidentando y dilatando el proceso que ya va para los 9 años en los tribunales.

La funcionaria judicial reiteró este lunes que la Fiscalía del Distrito Nacional está preparada desde hace tiempo para concluir este caso y que cuenta con todas las pruebas periciales, testimoniales y documentales para lograr una condena contra los procesados.



Arsenio Quevedo y Erickson de los Santos Solís, quienes se encuentran en libertad bajo fianza, así como Amaurys Cabrera y Danilo Octavio Reynoso (presos), están acusados de ser parte de una red que se dedicaba a matar choferes por el control de las rutas de transporte en el Distrito Nacional, que se disputaban con la Federación Nacional de Transporte La Nueva Opción (Fenatrano), que preside el empresario Juan Hubieres.

Entre los chóferes muertos por la alegada banda de sicarios figuran: Ángel Javier, Overny Guerrero y Mateo de Jesús Nieves, entre ellos, abatidos en dos hechos ocurridos el 14 y el 17 de enero del 2015.

Al grupo se le atribuye violar las disposiciones de los artículos 265, 266 y 295 del Código Penal Dominicano, que tipifican y castigan el homicidio voluntario y la asociación de malhechores, así como los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

Luego de un largo proceso, en fecha 14 de marzo del 2018, el sindicalista Arsenio Quevedo y el exregidor de Pedro Brand, Ericson de los Santos, fueron descargados y libertados por los jueces del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, quienes fundamentaron su decisión alegando falta de pruebas que comprometiera a esos dos imputados en esos crímenes.

Mientras que el exraso de la Policía Amaurys Cabrera fue condenado a 30 años de prisión en la cárcel de La Victoria y Danilo Octavio Reynoso, en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo, San Cristóbal.

No conforme con la decisión de los jueces que ordenaron la puesta en libertad de los dos principales acusados, Quevedo y Ericson, considerados los autores intelectuales de la muerte de los choferes, el Ministerio Público recurrió la sentencia, tras considerar que hubo una mala valoración de los jueces que emitieron la sentencia.

Dos años después, el 20 de febrero del 2020, la Primera Sala Corte de Apelación del Distrito Nacional acogió el pedimento del Ministerio Público, anulando la decisión y ordenando un nuevo juicio contra los acusados Quevedo y Ericson, el cual se conoce actualmente en el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.