El Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional impuso la medida de coerción de tres meses de prisión preventiva a la supuesta cirujana plástica venezolana Karla María Moya Boada, acusada por la Fiscalía del Distrito Nacional y el Ministerio de Salud Pública de ejercer ilegalmente la medicina en el territorio nacional.

El juez Rigoberto Sena Ferreras adoptó la decisión atendiendo a un pedimento del Ministerio Público, representado por el fiscal litigante Rolando Lima Tapia, quien advirtió lo oportuno de imponer la medida de coerción contra la imputada, en virtud de la gravedad de los hechos y porque la misma no cuenta con arraigo suficiente, por lo que representa peligro de fuga y podría sustraerse del proceso.



El tribunal ordenó que Moya Boada, quien ejercía la medicina sin tener títulos, cumpla la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, en la provincia San Cristóbal.

Su apresamiento fue ejecutado el lunes 25 de este mes por agentes de la Dirección General de Migración (DGM), atendiendo a una orden judicial en su contra cuando ésta intentó salir del país por el Aeropuerto Internacional de Punta Cana, a pesar de que tenía orden de arresto y está en poder del Ministerio Público.



El Departamento de Crímenes y Delitos contra la Propiedad de la Fiscalía del Distrito Nacional, determinó que, con sus acciones, la extranjera habría violentando las disposiciones de los artículos 147, 148, 150, 151 y 258 del Código Penal Dominicano, así como los artículos 92 y 156 de la Ley General de Salud 42-01.

Esos artículos 147, 148, 150, 151 del CP resumen que “Se castigará con la pena de tres a diez años de trabajos públicos, a cualquiera otra persona que cometa falsedad en escritura auténtica o pública, o en las de comercio y de banco, ya sea que imite o altere las escrituras o firmas, ya que estipule o inserte convenciones, disposiciones, obligaciones o descargos después de cerrados aquellos, o que adicione o altere cláusulas, declaraciones o hechos que debían recibirse o hacerse constar en dichos actos……”.

Mientras que el 258 de ese mismo texto establece que “Los que sin títulos hubieren ejercido funciones públicas, civiles o militares, o hubieren pasado o ejercido actos propios de una de esas funciones, serán castigados con prisión correccional de un mes a un año, sin perjuicio de las penas pronunciadas por el Código, por delito de falsedad…….”.

Añade, que de igual forma se castigará a los infractores, “si los actos pasados o ejercidos por ellos tuvieren los caracteres de ese delito. Con las mismas penas se castigará el ejercicio abusivo de jurisdicción o funciones eclesiásticas”.

El caso

El caso de la falsa cirujana salió a la luz pública a través el programa “N Investiga” que produce la periodista Nuria Piera, que difundió varios reportajes revelando que la venezolana Moya Boada ejercía como cirujana sin títulos que la avalaran.

En ese orden, tras la denuncia pública de la periodista Nuria Piera, el Ministerio de Salud Pública realizó una investigación e intervino en el caso y dispuso el cierre del consultorio “Ki Centro Médico Integral del Caribe”, porque la propietaria, la hoy imputada Moya Boada, brindaba servicios médicos estéticos de manera irregular.

No obstante haber sido advertida por las autoridades, la venezolana desafió las autoridades de salud y dos meses más tarde, en una segunda investigación se determinó que la seudodoctora tenía abierto un consultorio en el Centro de Medicina Reproductiva Integral y de Atención a la Femenina (CEMERAF), donde retoma la realización de cirugías estéticas y empezó a recibir y dar consultas a pacientes en otro centro médico, razón por la que fue apresada y sometida a la justicia.