El presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), Trajano Vidal Potentini, respaldó este martes la resolución del Tribunal Disciplinario que suspende por el período de un año a tres profesionales del derecho, tras confirmarse violaciones al Código de Ética que rige la profesión.

Durante una entrevista en el programa El Sol de la Mañana, Potentini sostuvo que el gremio actuó en su calidad de órgano juzgador para sancionar conductas calificadas como litigación temeraria, las cuales habían sido señaladas previamente por decisiones del Poder Judicial.
Detalles de la sanción y los implicados
Los abogados afectados por la medida son Lilia María Fernández León, Mariel María León Lebrón y Joel del Rosario Alburquerque, pertenecientes a la firma León & Raful. Según el presidente del CARD, la suspensión implica la inhabilitación para ejercer funciones ante los tribunales dominicanos durante el tiempo establecido.
Ante los alegatos de inconstitucionalidad presentados por la defensa de los sancionados, Potentini ofreció las siguientes precisiones técnicas:
- Estatus legal: Si bien el Tribunal Constitucional ha emitido criterios sobre la necesidad de que las sanciones estén contenidas taxativamente en la ley y no solo en el Código de Ética, la entrada en vigencia de dicha declaratoria fue diferida por un año.
- Competencia actual: Este plazo otorgado por el Tribunal Constitucional permite al CARD mantener su potestad disciplinaria vigente hasta que se produzca la modificación legislativa correspondiente.
- Fundamento: La Ley 3-19 remite actualmente las sanciones al Código de Ética, marco bajo el cual se procesaron las faltas de los juristas mencionados.
Debido proceso
Potentini enfatizó que, aunque la medida es de ejecución inmediata respecto a la prohibición de litigar, los abogados sancionados disponen de los mecanismos de recurso que establece la ley para apelar la decisión dentro del marco del debido proceso.
El titular del gremio reiteró que estas acciones son necesarias para preservar la integridad del ejercicio jurídico en el país y asegurar que el comportamiento de los profesionales del derecho se ajuste a los estándares éticos exigidos por la sociedad y el sistema de justicia.



