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Friendo y comiendo! Abinader promulga ley que aplica nuevos impuestos

En una jornada de alta intensidad legislativa, el presidente Luis Abinader promulgó anoche la Ley 30-26. Esta nueva legislación está orientada a blindar la estabilidad macroeconómica de la República Dominicana mediante un paquete de medidas de crecimiento, simplificación fiscal y mitigación de choques externos.

La normativa fue aprobada de urgencia por el Congreso Nacional en tiempo récord durante la mañana del mismo día. Su impulso responde directamente a los riesgos económicos derivados de la reciente crisis internacional y las tensiones bélicas de las últimas semanas entre Estados Unidos e Israel contra Irán. Aunque recientemente se anunció un alto el fuego y el inicio de negociaciones diplomáticas, las autoridades dominicanas justificaron la urgencia de la ley debido a los persistentes factores de incertidumbre que amenazan los precios del petróleo, la inflación y los mercados financieros globales.

«Este conjunto de medidas permitirá al Estado captar entre 40,000 millones y 50,000 millones de pesos adicionales, recursos que serán utilizados para fortalecer la economía, preservar programas sociales y garantizar la continuidad de inversiones estratégicas», adelantó el ministro de Hacienda, Magín Díaz.

1. Ajustes impositivos y nuevos tramos fiscales

La Ley 30-26 introduce cambios estructurales en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) tanto para individuos de altos ingresos como para grandes corporaciones, además de ajustar gravámenes a consumos específicos y servicios digitales:

  • Nuevo tramo del ISR para personas físicas: A partir de 2027, se crea una tasa del 27% para los ingresos anuales que superen los RD$ 4.8 millones (aproximadamente RD$ 400,000 mensuales). Se mantiene la exención para rentas hasta los RD$ 480,000 y las escalas intermedias de 15%, 20% y 25%.
  • Impuesto transitorio para grandes empresas: La tasa general corporativa del ISR se fija en 27% sobre la renta neta gravable. No obstante, las empresas con ingresos anuales superiores a los RD$ 1,000 millones pagarán una tasa transitoria del 30% durante los años fiscales 2026, 2027 and 2028.
  • Retención a la economía digital: Los pagos realizados al exterior por concepto de licencias de software, publicidad digital, almacenamiento de datos y otros servicios tecnológicos estarán sujetos a una retención del 15%.
  • Vapes al régimen tributario: Por primera vez, los cigarrillos electrónicos, dispositivos de vapeo y sus líquidos (con o sin nicotina) pagarán un Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) con una tasa ad valorem del 55% sobre el precio de venta al por menor.

Modificaciones en transacciones y tasas de consumo

Sector / OperaciónDisposición de la Ley 30-26
Cheques y transferencias bancariasLa tasa se incrementa del 1.5 por mil al 2 por mil.
Tasa de salida aéreaAumenta de US$ 20 a US$ 30 por pasajero (un alza del 50%). Las aerolíneas serán agentes de retención.
CasinosPagarán entre RD$ 70,000 y RD$ 100,000 mensuales por cada mesa de juego.
Bancas de loteríaImpuesto anual de RD$ 85,000 y un derecho de operación de RD$ 200,000.
Bancas deportivasPago anual de RD$ 500,000 en ciudades principales y RD$ 300,000 en el resto del país.
Máquinas tragamonedasTasas mensuales de entre RD$ 15,000 y RD$ 18,000 según su ubicación.

2. Alivios fiscales, amnistía y estímulos productivos

Para contrarrestar el impacto del endurecimiento fiscal, el nuevo marco legal incorpora una serie de alivios orientados a la regularización de deudas, el apoyo a sectores estratégicos y la modernización del aparato productivo nacional:

  • Amnistía Fiscal Temporal: Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026. Permitirá a personas físicas y jurídicas regularizar obligaciones tributarias pendientes (en proceso administrativo o judicial) con reducciones significativas de intereses, recargos y facilidades de pago.
  • Exenciones para MIPYMES y Agropecuarios: Las microempresas quedan totalmente exentas de los anticipos del ISR. Las pequeñas empresas podrán pagar dichos anticipos en cuotas (50% en el sexto mes, 30% en el noveno y 20% en el duodécimo). El sector agropecuario recibe un doble beneficio al quedar exento tanto de los anticipos como del Impuesto a los Activos.
  • Régimen Simplificado de Tributación (RST) ampliado: Podrán acogerse las empresas de servicios y producción con ingresos de hasta RD$ 30 millones anuales; profesionales independientes y productores agropecuarios con ingresos de hasta RD$ 15 millones; y comercios con importaciones o compras de hasta RD$ 60 millones.
  • Depreciación acelerada para industrias: Las empresas manufactureras podrán depreciar maquinaria y equipos industriales nuevos al doble de la velocidad actual, aliviando de forma inmediata su carga impositiva para incentivar la renovación tecnológica.

3. Beneficios sociales, salud e incentivos de mercado

La Ley 30-26 también flexibiliza ciertas cargas impositivas con fines de equidad social y dinamismo comercial:

  • Deducciones por Educación y Discapacidad: Se mantiene la deducción de gastos educativos de hasta el 10% del ingreso gravado (con tope del 30% del mínimo exento del ISR). Sin embargo, cuando los gastos educativos correspondan a dependientes con discapacidad o trastornos del neurodesarrollo, la deducción permitida se eleva hasta el 50% del mínimo exento.
  • Estímulo Inmobiliario y Vivienda: El impuesto por ganancias de capital inmobiliario para personas físicas se reduce drásticamente del 25% al 10%. Además, el impuesto del 2% cobrado por el registro de hipotecas y constitución de compañías bajará al 1% en 2027 y quedará completamente eliminado a partir de 2028.
  • Exenciones Sucesorales: Las herencias cuyo valor no exceda el RD$ 1 millón quedan libres de impuestos, mientras que para los herederos en línea directa el beneficio sube a RD$ 2 millones. Estos montos se indexarán anualmente por inflación.
  • Apoyo a exportadores y farmacéuticas: Quienes exporten a terceros mercados recibirán el reembolso proporcional de los Impuestos Selectivos al Consumo pagados en combustibles y seguros. Asimismo, los laboratorios farmacéuticos autorizados recibirán la devolución del ISC aplicado al alcohol etílico utilizado exclusivamente como materia prima para medicamentos de uso humano.
José Peguero

José Peguero

José Amado Peguero, periodista, egresado de la Universidad Católica Santo Domingo, ha forjado su carrera basada en la era digital, sus reportajes con noticias de actualidad y entretenimiento han sido expuestos en prestigiosos diarios de circulación nacional e internacional como es el caso de NHK en Japón, The Hollywood Reporter, Univision y Telemundo, ABC y CNN en Estados Unidos. Actualmente el director y fundador de Ensegundos.do, periódico digital que surgió en 2007, miembro de la directiva de la Academia Dominicana de Periodistas de Espectáculos, productor de las Exclusivas de José Peguero, Ha formado parte de varios medios entre los que se destacan el Caribe, Remolacha.net, Masvip.com, Noticias SIN.