Tras las recientes modificaciones aprobadas por el Senado de la República a la Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, se ha establecido una nueva escala de contribuciones financieras de carácter obligatorio. Este esquema afectará a empresas, entidades gubernamentales y patrimonios autónomos con el objetivo de dotar de recursos al sistema nacional de manejo de desechos.
La normativa dispone que toda entidad que reporte ingresos ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) deberá realizar un pago anual. Estos fondos serán utilizados para mitigar los efectos de la disposición inadecuada de basura y fortalecer la infraestructura de recolección y tratamiento en el país.
Escala de contribuciones según ingresos anuales
El monto a pagar por las empresas ha sido segmentado en doce niveles, dependiendo estrictamente del volumen de ingresos brutos reportados en su ejercicio fiscal:
| Ingresos Anuales (RD$) | Aporte Obligatorio Anual (RD$) |
| Hasta 5 millones | $3,500 |
| De más de 5 millones a 10 millones | $6,000 |
| De más de 10 millones a 25 millones | $20,000 |
| De más de 25 millones a 50 millones | $90,000 |
| De más de 50 millones a 80 millones | $120,000 |
| De más de 80 millones a 100 millones | $150,000 |
| De más de 100 millones a 300 millones | $400,000 |
| De más de 300 millones a 500 millones | $500,000 |
| De más de 500 millones a 700 millones | $675,000 |
| De más de 700 millones a 1,000 millones | $700,000 |
| De más de 1,000 millones a 2,000 millones | $1.7 millones |
| Más de 2,000 millones | $3.0 millones |
Nota de indexación: La ley contempla que estos montos no se quedarán estáticos, sino que serán ajustados de manera anual conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central de la República Dominicana.
¿A dónde irá el dinero recaudado?
Los recursos financieros obtenidos por esta vía no ingresarán de forma directa al presupuesto común del Estado, sino que serán administrados a través de un fideicomiso especializado creado por la misma ley.
El texto aprobado especifica que el dinero se destinará exclusivamente a:
- Construcción y mantenimiento de estaciones de transferencia.
- Desarrollo de rellenos sanitarios y clausura de vertederos a cielo abierto.
- Instalación de plantas de valorización y reciclaje de residuos.
- Apoyo económico directo a los ayuntamientos y distritos municipales para optimizar la prestación de los servicios de recogida de basura en las comunidades.
Ratifican prohibición del ‘foam’ y plásticos tradicionales
De manera complementaria, la modificación legislativa ratificó la prohibición de importar y fabricar sorbetes, vasos, tenedores, cuchillos, cucharas y demás utensilios elaborados con plástico de un solo uso o poliestireno expandido (foam), a menos que posean una certificación oficial de biodegradabilidad.
Esta prohibición entrará en vigencia formal seis meses después de la promulgación de la ley, otorgando un plazo de transición para que el mercado nacional sustituya estos envases por alternativas sostenibles, compostables o reutilizables como el cartón reciclado, el bambú o el bagazo de caña.



