Los reputados penalistas Carlos Balcácer y Miguel Valerio confrontaron visiones sobre el impacto en la población carcelaria, las nuevas garantías constitucionales y la efectividad de la comisión de seguimiento creada por el Gobierno.
La entrada en vigencia del nuevo Código Penal en la República Dominicana ha encendido el debate entre la comunidad jurídica nacional. En una reciente intervención en el programa televisivo D’AGENDA, conducido por el periodista Héctor Herrera Cabral y transmitido por Telesistema Canal 11 y TV Quisqueya, los reconocidos penalistas Carlos Balcácer y Miguel Valerio expusieron posturas encontradas sobre las implicaciones sociales, el eventual hacinamiento carcelario y el impacto del cúmulo de penas que contempla la norma sancionadora.
Uno de los puntos de mayor discusión es el potencial incremento de la población en las cárceles dominicanas a raíz del aumento de las penas, el cúmulo de sanciones y la tipificación de nuevos crímenes. Mientras algunos sectores expresan preocupación por el sobrecupo en los recintos penitenciarios, los expertos abordaron este fenómeno desde aristas divergentes, evaluando la realidad del crimen en el país.
Al respecto, el profesor universitario y abogado Miguel Valerio sostuvo una postura moderada, aclarando que la franja poblacional dedicada a delinquir es históricamente reducida. Valerio enfatizó que la sociedad no puede ser valorada ni juzgada a partir de la conducta de la minoría que incurre en acciones delictivas, sino por la gran mayoría de ciudadanos que respeta el ordenamiento jurídico y no comete infracciones.
De igual forma, Valerio resaltó que el nuevo texto normativo representa un avance significativo para la sociedad al incorporar garantías fundamentales en sus Principios Generales. En ese sentido, destacó que el Artículo 2 del cuerpo legal subordina el propio Código Penal a la Constitución de la República y a los Tratados Internacionales, consolidando el principio del convencionalismo en el derecho procesal penal.
En claro contraste, el veterano litigante Carlos Balcácer mostró un profundo escepticismo sobre la efectividad de la reforma y advirtió que el ámbito de la informática y la comunicación digital se convertirá en un foco prioritario de conflicto social e institucional.
Balcácer explicó que el crecimiento de la comunicación digital tras la pandemia del COVID-19 ha evolucionado más que en los últimos cien años. A su juicio, las infracciones cometidas por estas vías generarán fuertes reacciones y conflictos que deberán ser encauzados estrictamente a través del Ministerio Público, al no ser posible recurrir directamente ante un juez salvo excepciones muy específicas contempladas en la norma.
Pese a sus discrepancias sobre el volumen de reclusos, ambos juristas coincidieron plenamente al expresar que no le auguran un buen resultado a la Comisión de Seguimiento y Socialización. Esta entidad fue creada por el presidente Luis Abinader con el propósito de organizar la educación ciudadana, analizar la implementación del código y proponer eventuales mejoras.
Cuestionando la operatividad de dicho organismo, Balcácer criticó la falta de conexión directa de los comisionados con la realidad delictiva. Argumentó que resulta inviable rendir un informe preciso al Poder Ejecutivo sobre el extracto poblacional infractor cuando los encargados de la evaluación carecen de vínculos o vivencias con la realidad de esas infracciones.
Por otra parte, Balcácer expresó su pesar por la implementación de una norma que eleva severamente las cuantías punitivas y acumula sanciones, considerando que la iniciativa no se adapta a la idiosincrasia del pueblo dominicano. «El Código Penal es la síntesis de la agonía humana», aseveró el letrado al reflexionar sobre la naturaleza aflictiva del castigo.
Recordando los planteamientos expuestos por el jurista argentino Eugenio Raúl Zaffaroni durante una visita al país en 1989, Balcácer manifestó que el fin real de la pena suele reducirse a la aflicción y la expiación antes que a la verdadera reeducación o reinserción del individuo. Desde su punto de vista, el nuevo código opera como una «venganza callada y oculta» impulsada por determinada clase enquistada en el poder.
Para graficar lo que considera un ensanchamiento inexplicable del espectro punitivo, el litigante comparó la legislación de 1884 con la actual. Detalló que, mientras el legislador histórico sintetizó las tipificaciones del robo en unos pocos artículos eficaces, la nueva normativa dispersa el robo simple en 18 artículos y el robo agravado en 22, complicando la aplicabilidad técnica del derecho.
En esa misma línea crítica sobre el régimen sancionador, Miguel Valerio calificó como un «absurdo jurídico» la figura del cúmulo de penas que se introduce. Explicó que el esquema donde a un imputado se le aplican penas individuales que se suman —como diez años por un delito, más tres y tres por otros, totalizando 16 años— rompe la lógica penal tradicional.
Valerio recordó que, bajo el régimen anterior, la pena de mayor gravedad absorbía a las menores y permitía que un condenado a diez años pudiera solicitar la libertad condicional al cumplir la mitad de la pena. Con el nuevo sistema acumulativo, las reglas de juego en el cumplimiento de la condena varían sustancialmente.
No obstante, el joven penalista reconoció que no todos los aspectos del nuevo Código Penal son perjudiciales. Ponderó favorablemente la incorporación de novedosas figuras de ejecución penal, entre las que destacó el «Medio Libre», una categoría que permitirá a los infractores primarios de delitos menores evitar el ingreso a un recinto carcelario.
Finalmente, Valerio manifestó su firme respaldo a la tipificación de la «difamación extorsiva» como delito, asegurando haber sido víctima de este tipo de maniobras. Calificó la extorsión como una infracción grave en la que la víctima se ve obligada a pagar una suma económica para recuperar su libertad y proteger su reputación.
El jurista concluyó advirtiendo sobre la proliferación de grupos en los medios de comunicación que difunden noticias falsas (fake news) para provocar crisis reputacionales. Explicó que el delito de difamación extorsiva se consuma en el momento en que se exige o realiza el pago para detener el ataque, por lo que celebró que el marco legal finalmente sancione con severidad estas prácticas.
De esta manera, en la antesala de la puesta en marcha del nuevo texto legal, las posturas de Balcácer y Valerio reflejan las profundas dudas y matices técnicos que rodean a una reforma llamada a redefinir el sistema de justicia penal en la República Dominicana.



