Santo Domingo.- Las empresas dominicanas tendrán que reforzar sus mecanismos internos de vigilancia y cumplimiento ante la entrada en aplicación del nuevo régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas, que contempla multas de hasta 1,500 salarios mínimos del sector público y otras sanciones que, en los casos más graves, podrían llegar hasta la disolución de la compañía.
De acuerdo con el abogado especialista en derecho corporativo Eduardo Tavárez Guerrero, entrevistado por el periódico El Día, el nuevo Código Penal introduce un cambio significativo al permitir que las personas jurídicas respondan penalmente cuando determinadas infracciones estén relacionadas con incumplimientos de sus deberes de dirección, supervisión y control.
Empresas podrían responder por actuaciones internas
Una de las principales novedades está contenida en el artículo 8 del Código Penal, que establece las condiciones bajo las cuales una persona jurídica puede ser penalmente responsable por hechos cometidos por sus órganos, representantes o subordinados.
Esto no significa que una compañía será castigada automáticamente por cualquier delito cometido por uno de sus empleados. Para que exista responsabilidad de la empresa deberán darse las circunstancias contempladas por la legislación, incluyendo fallas en los mecanismos de dirección, control o supervisión.
La modificación introduce así un modelo que obliga a las empresas a prestar mayor atención a lo que ocurre dentro de sus estructuras administrativas y operativas.
Multas de hasta 1,500 salarios mínimos
Entre las sanciones económicas previstas para las personas jurídicas se encuentran multas que pueden oscilar, dependiendo de la gravedad de la infracción, hasta alcanzar los 1,500 salarios mínimos del sector público.
Además de las multas, el Código contempla penas complementarias, inhabilitaciones y otras restricciones. En determinados casos de extrema gravedad también puede disponerse la disolución legal de la persona jurídica.
Tavárez Guerrero explicó que este escenario obliga a los negocios a revisar sus procedimientos internos y adoptar mecanismos capaces de prevenir irregularidades cometidas dentro de la organización.
El “compliance” cobra mayor importancia
Con las nuevas disposiciones, los llamados programas de cumplimiento normativo o compliance adquieren una importancia especial para las empresas.
Estos mecanismos pueden incluir códigos de ética, auditorías internas, identificación de riesgos, procedimientos de supervisión, canales de denuncias y protocolos para responder ante posibles fraudes, extorsiones u otras conductas ilícitas.
La existencia y aplicación efectiva de estos controles puede ser tomada en consideración al momento de evaluar la responsabilidad de una compañía y eventualmente atenuar las consecuencias penales.
También afecta a pequeñas y medianas empresas
Las nuevas obligaciones no están dirigidas únicamente a grandes corporaciones. Las micro, pequeñas y medianas empresas también deberán prestar atención a sus mecanismos de control.
En negocios de menor tamaño, donde no existen departamentos especializados de cumplimiento, parte de esta responsabilidad puede recaer directamente sobre los gerentes o administradores.
El especialista advirtió que esto representará un nuevo reto para empresas familiares y pequeños emprendimientos, que tendrán que adaptar sus operaciones a una cultura de prevención y supervisión mucho más estricta.
Responsabilidad empresarial entrará en vigor en noviembre
Aunque el nuevo Código Penal comenzó su proceso de entrada en vigencia general en agosto de 2026, las disposiciones vinculadas específicamente con la responsabilidad penal de las personas jurídicas cuentan con un plazo diferido de tres meses.
Conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 44-26, este régimen comenzará a aplicarse el 5 de noviembre de 2026, dando un período adicional para que las empresas adapten sus políticas y procedimientos internos.
El cambio representa una transformación importante para el sector empresarial dominicano: las compañías no solo tendrán que preocuparse por cumplir sus obligaciones comerciales, laborales y tributarias, sino también por demostrar que poseen mecanismos adecuados para prevenir, detectar y enfrentar posibles conductas delictivas dentro de sus estructuras.



