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Medio Ambiente advierte que no necesita orden judicial para intervenir obras en zonas protegidas

El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales aclaró que cuenta con facultades legales para intervenir y detener obras que se ejecuten dentro de franjas protegidas, sin necesidad de obtener previamente una orden judicial.

La aclaración surge ante cuestionamientos sobre las actuaciones de las autoridades ambientales frente a construcciones o intervenciones realizadas en espacios sujetos a protección. De acuerdo a la información publicada por N Digital, la institución sostiene que la legislación vigente le permite actuar directamente cuando se detectan posibles violaciones a las disposiciones ambientales.

Facultad para actuar

Medio Ambiente explicó que sus competencias incluyen realizar inspecciones, adoptar medidas preventivas y disponer la paralización de trabajos cuando estos puedan afectar áreas o recursos naturales protegidos.

La institución enfatizó que no es necesario esperar una decisión de un tribunal para ejercer sus funciones administrativas de protección ambiental, especialmente cuando las intervenciones se producen en espacios sometidos a restricciones establecidas por las leyes y normativas vigentes.

Protección de las franjas costeras

Las autoridades han reiterado la importancia de respetar las franjas de protección establecidas en zonas costeras y otros espacios ambientalmente sensibles, donde determinadas construcciones, circulación de vehículos o modificaciones del terreno están restringidas.

Medio Ambiente mantiene que su responsabilidad es garantizar el cumplimiento de las disposiciones ambientales y actuar ante cualquier obra o actividad que pueda comprometer ecosistemas protegidos, independientemente de las acciones judiciales que posteriormente puedan derivarse de cada caso.

Amaury Mo

Amaury Mo

Amaury Moreno (Amaury Mo) Comunicador digital, director creativo de Ensegundos.do desde 2007.