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JCE emite resolución con la integración preliminar de 162 Juntas Electorales de cara a los comicios de 2028

La Junta Central Electoral (JCE) emitió la Resolución No. 08-2026, mediante la cual aprueba la conformación preliminar de las 162 Juntas Electorales a nivel nacional. A partir de la publicación de esta disposición, el órgano electoral otorgó un plazo de 10 días hábiles para que se presente cualquier impugnación a los nombramientos propuestos.

La resolución fue emitida el 29 de septiembre de 2026 por el Pleno de la JCE, encabezado por su presidente, Román Andrés Jáquez Liranzo. Esta medida forma parte de los trabajos organizativos y de preparación para las Elecciones Ordinarias Generales del año 2028.

Para alcanzar el total de 162 dependencias a integrar, el Pleno tomó en consideración la reciente elevación a categoría de municipio de los distritos municipales de La Caleta, La Victoria, Tireo y Villa Central.

El proceso de evaluación para la conformación de estas juntas inició en enero de 2025. Para la recepción de propuestas, se ejecutó un cronograma de vistas públicas realizadas en todos los municipios del país y en el Distrito Nacional, comenzando la primera el 27 de agosto y concluyendo la última el 14 de noviembre de 2025. Durante estos encuentros, las autoridades electorales escucharon las propuestas y expectativas presentadas por representantes de los partidos políticos, la sociedad civil y la ciudadanía en general.

Para la selección de los presidentes, vocales y suplentes, la institución evaluó los perfiles de los postulantes de forma objetiva basándose en múltiples criterios. Entre los factores valorados se destacan los siguientes:

  • Integridad y formación académica.
  • Experiencia electoral, género y juventud.
  • Gozar de buen estado de salud.
  • Capacidad para el manejo de resolución de conflictos.
  • Gozar de credibilidad y respeto en sus respectivos municipios.
  • Capacidad de ejecutar labores de manera eficiente en circunstancias de dificultad.

Proceso de impugnación

La JCE informó que los partidos políticos y la ciudadanía disponen de diez días hábiles para ejercer su derecho a presentar impugnaciones respecto a las personas propuestas para integrar las referidas juntas. Este proceso deberá realizarse formalmente mediante un escrito motivado dirigido a la Junta Central Electoral.

Una vez agotado el plazo, en caso de presentarse impugnaciones, la Secretaría de la JCE enviará copia del escrito a los partidos políticos en un margen de 24 horas. Posteriormente, la institución celebrará una audiencia pública a más tardar ocho días después para conocer las objeciones formuladas, las cuales serán resueltas definitivamente dentro de los ocho días siguientes a la celebración de dicha sesión.

Ensegundos.do

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