La jueza de la Ejecución de la Pena de San Pedro de Macorís, Altagracia Mejía, rechazó este miércoles la solicitud de libertad condicional interpuesta por Eddy Brito condenado a siete años de cárcel, al ser declarado culpable de pertenecer a la red de lavados de activos que dirigía el puertorriqueño José David Figueroa Agosto.
Brito

Informa el periódico El Nuevo Diario que la magistrada Mejía adoptó su decisión debido que ni las víctimas ni la sociedad han sido resarcidas por los daños ocasionados por el interno.



Además, por entender improcedente, ya que el interno no ha cumplido con los requisitos que establece la ley, entre estos, que no se ha regenerado.

Asimismo, dijo la jueza Mejía en la sala de audiencia que otorgarle la libertad a Brito sería un mal ejemplo para los jóvenes y los adultos mayores.



Se recuerda que el 26 de Septiembre de 2011 Eddy Brito fue condenado a 12 años de prisión por los jueces colegiados del Distrito tras haber sido encontrado culpable de violar la ley de lavado de activos y en noviembre del 2012.

En tanto, la corte de apelación de la misma jurisdicción le redujo la condena a cinco, de la cual ha cumplido más de cuatro.

Luego la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), le confirmó la sentencia que le redujo a cinco y a siete años de cárcel a los condenados a la red de lavados de activos que dirigía puertorriqueño José David Figueroa Agosto, al rechazar un recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público contra la sentencia que beneficiaba a los condenados, los cual buscaban que se modifiquen la decisión de la corte y que se le imponga la impuesta por el Primer Tribunal Colegiado de 12 y 15 años de cárcel.

En la instancia de la sentencia establece que fueron favorecidos en la rebaja de condena a Brito, Mery Pelaez, Samy Dauhajre, Madeline Bernard, Ivanovich Smester y Juan José Fernández Ibarra.