¿Es usted descendiente de alemanes o vive en Alemania y quiere saber si tiene derecho a un pasaporte alemán? Entonces le interesarán de seguro estas informaciones.
«Ius sanguinis»
La nacionalidad alemana es transmitida a la descendencia. En general, el lugar de nacimiento es irrelevante. Basta que la madre o el padre posean un pasaporte alemán para que el hijo también tenga derecho a uno. En el caso de una relación extramarital en la que solo el padre tenga la ciudadanía alemana, el hijo deberá ser reconocido antes de cumplir 23 años para obtenerla.
Padre alemán.
El padre transmite la ciudadanía alemana al estar casado con la madre del niño en el momento de nacer éste. Desde el 1 de julio de 1993, el hombre también puede transmitir la nacionalidad germana pese a no estar casado con la madre del niño, siempre que reconozca la paternidad de acuerdo con la legislación alemana.
Madre alemana
Las madres alemanas transmiten la ciudadanía a sus hijos nacidos a partir del 01.01.1975. Lo mismo ocurre con los hijos nacidos entre el 01.04.1953 y el 31.12.1974, siempre que los hayan registrado en una representación alemana entre el 01.01. 1975 y el 31.12, 1977. Igualmente válidos es esto para las mujeres que no estaban casadas con el padre del niño en la fecha de su nacimiento.
Nueva reglamentación
En caso de nacer fuera de Alemania, solo se adquiere la ciudadanía germana si el padre o la madre (alemanes) nacieron fuera de Alemania después del 31.12.1999, y tienen su residencia fuera de Alemania, salvo que el nacimiento del hijo(a) sea declarado a la representación alemana correspondiente dentro del plazo de un año.
Naturalización facilitada
En 2012 se ofrecieron condiciones privilegiadas de naturalización para quienes nacieron antes del 01.01.1975 como hijos de madre alemana casada con padre extranjero, aunque la mujer hubiera perdido la nacionalidad por contraer matrimonio según las leyes de la época, o por expatriación entre 1933 y 1945.
Paternidad reconocida
Lo mismo vale para las personas nacidas antes del 01.07.1993 de padre alemán y madre extranjera, sin estar estos casados, si el progenitor reconoce la paternidad antes de que el hijo cumpla 23 años.
Antepasados
Aunque se tenga antepasados alemanes, es necesario confirmar que estos no hayan perdido dicha ciudadanía. Entre el 01.01.1871 y el 31.12.1913 no se podía vivir diez años fuera de Alemania sin estar inscrito en un consulado germano. Si no se cumplía esa norma, también la esposa y los hijos menores de edad perdían automáticamente la nacionalidad alemana si vivían en el exterior.
Servicio militar al día
Un alemán nacido entre 1871 y 1885 con residencia permanente fuera de Alemania, que tuviera la obligación de hacer el servicio militar, perdía la nacionalidad en 1916 si desde el 01.01.1914 no había presentado su decisión definitiva de servir en las filas militares.
Aquisición de otra nacionalidad
Un alemán pierde su nacionalidad al adquirir otra (excepto países de la UE o Suiza), en caso de que ello ocurra en base a una solicitud de naturalización. No la pierde en caso de haber recibido previamente una autorización para quedarse con la alemana (esta autorizacón solo vale por dos años).
Exoneración y renuncia
Un alemán es exonerado de la nacionalidad a pedido propio cuando éste ha solicitado una ciudadanía extranjera y ha recibido la confirmación de que le será concedida. Un alemán puede renunciar a su nacionalidad si posee varias. O si se produce una adopción, según la legislación alemana, de un menor de edad alemán por parte de un extranjero, desde el 01.01.1977.
Casamiento y otras causales
Antes del 23.05.1949, una alemana perdía su nacionalidad por casarse con un extranjero. Otra causal de pérdida de la ciudadanía: ingreso a las Fuerzas Armadas o una organización similar de otro Estado, siempre que el alemán tuviera también otra nacionalidad.
Renaturalización
Los ciudadanos alemanes despojados de su nacionalidad entre el 30.01.1933 y el 08.05.1945 por motivos políticos, raciales o religiosos, pueden demandar su renaturalización. Lo mismo se aplica a sus descendientes.
Nacimiento en Alemania
Los hijos de extranjeros, nacidos en Alemania después del 01.01.2000, pueden recibir tambén la ciudadanía alemana. La condición es que al menos uno de los padres viva más de 8 años en Alemania y tenga permiso de residencia permanente. Entre los 18 y los 23 años de edad, los jóvenes deberán optar por una nacionalidad.
Doble nacionalidad
En principio es necesario renunciar a otra nacionalidad si se adquiere la alemana. Pero hay excepciones. La doble nacionalidad se acepta en caso de que la persona provenga de países que no liberan a sus ciudadanos de su nacionalidad o que imponen condiciones inaceptables, como tasas exorbitantes, para llevar a cabo el procedimiento.
Años de residencia
Quien vive en Alemania se puede naturalizar si:
– tiene permiso de residencia permanente;
– vive de forma permanente y legal en el país por lo menos ocho años (dependiendo del caso, puede ser menos);
– garantiza el sustento propio y el de quienes dependen de él;
– entiende el alemán oral y escrito (Nivel B1 del cuadro europeo de referencia)…
Y también…
…si:
– conoce el orden jurídico y social de Alemania, como las condiciones de vida en el país
– nunca fue condenado por un delito grave
– se compromete a respetar la Constitución alemana
– está dispuesto a renunciar a su nacionalidad original
¿Cómo pedir la ciudadanía?
La solicitud de naturalización puede ser presentada por persoas mayores de 16 años en el departamente de migración de la ciudad donde reside. Cuesta 255 euros por persona. Los jóvenes menores de edad deben presentarla junto a ambos padres y el precio es de 51 euros.
Test para obtener la ciudadanía
Es preciso responder acertadamente a 17 de 33 preguntas sobre diversos temas relativos a Alemania. Tres preguntas se relacionan con el estado donde la persona habita.
El test debe ser hecho en 1 hora y cuesta 25 euros.
Fuente: https://www.dw.com