En varias ocasiones Yubelkis Mejía y sus dos hermanas han sentido deseos de abandonar el proceso y dejar perdidos los 162,000 pesos que dejó su padre acumulados en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) al momento de su muerte en el 2016.

El proceso que han tenido que seguir les resulta agotador y por momentos frustrante. Inicia con la falta de orientación de qué hacer y sigue con la búsqueda de una serie de documentos que, además de hacerle revivir con frecuencia el dolor que causa la pérdida de un ser querido, requieren de hasta contratar los servicios de un abogado.



Yubekis Mejía/ Liistín Diario

La periodista Yubelkis Mejía decidió contar al periódico  Listín Diario la experiencia que han estado viviendo ella y su familia para obtener la devolución de esos fondos, cuya solución la ve cada vez más lejana porque cuando creían que habían terminado de reunir la documentación, resulta que había un error en la determinación de herederos, donde el número de folio de la Junta Central Electoral no coincidía con el de la Iglesia en el acta de matrimonio, lo que le ha obligado a reiniciar todo ese proceso.

Dice que a pesar de haber estado casado por la iglesia católica durante 43 años con su madre Ana Rincón, para lograr la determinación de herederos tuvieron que buscar la firma de nueve vecinos que certificaran que conocían la familia, para entonces llevar ese documento notificado a varias instancias.



“Si no fuera porque mami lo necesita, yo dejará todo perdido”, señala. Cuenta que su padre Juan Ramón Mejía falleció en diciembre de 2016 y que tenía 20 años laborando en el Ministerio de Salud Pública, pero que con el inicio de la Seguridad Social empezó a cotizar en una AFP.

Los requisitos

Lo primero, dijo, fue saber qué hacer, por lo que acudieron a la Dirección de Información y Defensa del Afiliado (DIDA), donde le informaron que estaba cotizando en la AFP Siembra, de ahí dirigirse a la AFP donde entonces le entregan la lista de los requisitos, que incluye determinación de herederos, acta de defunción legalizada, acta de matrimonio, acta de nacimiento de cada hijo, entre otros documentos, todos legalizados, apostillados por la Cancillería y con los impuestos pagos.

“Pero cuando uno lleva esos papeles, ellos empiezan a mirarlos como cuando se está buscando dinero falso, los miran, los voltean, vuelven y los miran, y uno se siente como humillado”, señala.

Dijo que otro proceso tedioso es el de recuperar el dinero dejado en una cuenta de ahorro bancaria, ya que al momento de fallecer le habían hecho el depósito de nómina de 20,000 pesos y nunca han podido sacarlo, debido a los trámites y documentaciones que ello implica.

De acuerdo con las informaciones ofrecidas por la DIDA, hasta el 2014 alcanzaban los 39,000 afiliados fallecidos, cuyos familiares tenían derecho a reclamar la pensión de sobrevivencia o el retiro de los fondos acumulados, y que la lista no ha podido actualizarse porque no le entregan esas informaciones pese a que tienen más de tres años pidiéndola.

La directora de la DIDA, Nélsida Marmolejos, denunció que hay trabas en el contrato póliza que evitan que los familiares de los afiliados fallecidos accedan a los beneficios que da la ley.

Entre las trabas cita el hecho de que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) no cumplen con la ley que les ordena tener oficinas en todo el país, y las mantienen concentradas solo en la capital, lo que hace que las personas tengan que venir del interior a realizar cualquier gestión.

Así como exigir una serie de documentaciones, un acta notarial, validada por la Procuraduría General de la República, ir a Impuestos Internos y tener una declaración sucesoral, así como que las AFP no dan información a los afiliados ni registran sus contactos de referencia en caso de fallecimientos.

Según la Dida, de 18,923 solicitudes de pensión de sobrevivencia que se han hecho desde el inicio del sistema hasta junio pasado, 10,766 han sido declinadas para un 56.9%, como consecuencia de esas trabas.