Una de las tres mujeres imputadas en el supuesto entramado corrupto expuesto por el Ministerio Público dominicano a través de la Operación Calamar, y que involucra a tres exministros del último gobierno de Danilo Medina, continuaba hasta febrero de este año nombrada en la nómina del Ministerio de Hacienda.
De acuerdo al documento, localizado en el ítem de Transparencia en la web de este ministerio, Princesa Alexandra García Medina ocupa el cargo de “Coordinador Técnico Administrativo”, con un salario de RD$95,000 (que luego de aplicar los descuentos de ley se reduce a un sueldo neto de RD$78,107.94). Es empleada bajo el criterio de carrera administrativa.
La Ley 41-08 de Función Pública establece, en su artículo 23, que es funcionario o servidor público de carrera administrativa “quien ingrese mediante un concurso público y supere las pruebas de evaluación y luego es nombrado para desempeñar un cargo de carácter permanente clasificado de carrera y con previsión presupuestaria”.
La imputación
La solicitud de medida de coerción en el caso Calamar, presentada la noche del lunes por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) contra unas 20 personas, entre ellas Gonzalo Castillo, exministro de Obras Públicas; Donald Guerrero, exministro de Hacienda, y José Ramón Peralta, exministro Administrativo de la Presidencia, acusa a la señora Princesa Alexandra García Medina de supuestamente asociarse para desfalcar al Estado haciendo uso de su función como directora de Reconocimiento de Deuda Administrativa del Ministerio de Hacienda.
“Aprobó numerosos expedientes de expropiaciones que no contaban con los méritos necesarios para ser pagados, aun cuando analistas técnicos de su dirección hicieron la advertencia, de manera oral y por escrito, de las irregularidades que hacían de esos expedientes inaplicables para ser objeto de pago”, indica el documento acusatorio en contra de García Medina durante sus funciones durante el periodo 2017-2020.
El nombre de Princesa Alexandra García Medina se reseñó en la prensa en agosto del año pasado 2022, cuando se hizo pública la solicitud de autorización de información financiera que hizo ante el Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), contra 37 personas que incluían al exministro de Hacienda, Donald Guerrero, y a otros imputados ahora en la Operación Calamar.
¿Puede ser destituida?
El artículo 88 de La Ley 41-08 de Función Pública específica que cuando un empleado público enfrenta una investigación judicial o administrativa podrá ser suspendido por sesenta días, con goce de sueldo, suspensión que podrá ser prorrogada una sola vez.
“Cuando para realizar una investigación judicial o administrativa fuere conveniente, a los fines de la misma, suspender a un servidor público, la suspensión será con goce de sueldo y tendrá una duración hasta de sesenta (60) días continuos, lapso que podrá ser prorrogado por una sola vez”.
Agrega que “la suspensión con goce de sueldo terminará por revocatoria de la medida, por decisión de sobreseimiento, por absolución en la investigación o por imposición de una sanción”.
Pero el artículo 89 establece que si a este funcionario o funcionaria se le dicta una medida preventiva de coerción “se le suspenderá del ejercicio del cargo sin goce de sueldo. Esta suspensión no podrá tener una duración mayor a seis meses”.
“En caso de sentencia absolutoria con posterioridad al lapso previsto en este artículo, la administración reincorporará al servidor público con el pago de los sueldos dejados de percibir durante el lapso en que estuvo suspendido”, apunta el articulado.