La Romana. El tribunal colegiado de la cámara penal de primera instancia de este distrito judicial, impuso la pena de 10 años de prisión a Ramón Rafael Carrión Brito, por violación a los artículos 1 y 2 de la ley 344-98 y el artículo 2 de la ley 137-03 que tipifican la trata de personas y el tráfico ilícito de inmigrantes.

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De acuerdo a la narración del hecho punible que fue leída en el juicio por el representante del Ministerio Publico el fiscal Víctor Ramón Camacho Padua, el 13 de noviembre del año 2008, Ramón Rafael Carrión Brito, inició una travesía ilegal hacia la vecina isla de puerto Rico en una embarcación con 51 personas, que zozobró.

21 días después de haberse lanzado al mar para llegar a puerto Rico fueron encontrados Diomitio Rodríguez, y Reinaldo Ramírez Gil, por pescadores próximo al vecino país de Haití y quienes narran que pudieron mantenerse con vida gracias a la ingesta de una gran cantidad de agua salada y pescado crudo. Las 49 personas restantes continúan desaparecidas hasta la fecha.



El Ministerio Público que dirige el Fiscal Richard Guilamo Cedano, solicitó a través del fiscal Víctor Ramón Camacho Padua, la imposición de 30 años de prisión contra Ramón Rafael Carrión Brito, debido a la gravedad del hecho punible cometido por el mismo.

El tribunal compuesto por los jueces Francisco Domínguez Guerrero, Carolina Castro del Rosario y Aristilda Mercedes Rodríguez, luego de haber ponderado y valorado los elementos de prueba que aporto el Ministerio Publico se avoco a imponer 10 años de prisión que deben ser cumplidos en el centro correccional Cucama de esta ciudad.