Santo Domingo. Hace unos minutos recibimos este comunicado por parte de la clínica 3 Med Health Institute, en el mismo abordan el tema de las Células Madre, buscando aclarar las dudas generadas las la difusión de varios reportajes elaborados por Nuria Piera en su programa de TV.

A continuación el escrito:



Ante la emisión de informaciones falsas con referencia a la clínica 3 Med Health Institute S.R.L. y a su Director, el Dr. Álvaro Skupin nos gustaría aclarar a través de esta vía las mismas, para desmentir y puntualizar en cada uno de los términos aquí expuestos:



1. La clínica 3 Med Health Institute S.R.L. tiene Licencia de Habilitación del Ministerio de Salud Pública según el Artículo 100 la Ley General de Salud 42-01, el Articulo 160 de la Ley 87-01 y el reglamento 1138-03 otorgada el 14 de septiembre del 2016 y válida hasta el 14 de septiembre del año 2020, como Centro de Segundo Nivel de Atención (centro con servicios que incluyen atención especializada básica y que no requieren intervenciones complejas).

2. La primera Licencia de Habilitación Provisional fue otorgada por el Ministerio de Salud Pública el 15 de agosto del año 2011 y esta ha sido renovada en cuatro (4) ocasiones, cumpliendo con todos los requerimientos e inspecciones que el Ministerio de Salud exige y ha desarrollado su labor médica de manera profesional, sin ningún tipo de inconveniente hasta la fecha.

3. Por tanto, el Ministerio de Salud Pública tiene conocimiento de los servicios de salud que ofrece la clínica 3 Med Health Institute S.R.L. a sus pacientes, puesto que para renovar la licencia provisional exige el listado de procedimientos y técnicas médicas que desarrolla el centro.

4. En los documentos presentados por 3 Med Health Institute S.R.L. desde el año 2011 y por última vez en junio de 2016 al Ministerio de Salud Pública se incluye la cartera de todos los servicios que ofrece el centro, incluyendo los procedimientos de plasma rico en plaquetas, transferencia de tejido graso y el autotransplante de médula ósea como técnica regenerativa.

5. Contamos con una sala de procedimientos que cumple con todas las especificaciones técnicas requeridas por del Ministerio de Salud Pública y utilizamos equipos aprobados por la FDA (U.S. Food & Drug Administration) para el procesamiento de muestras como: P&C Estación Médica Múltiple (campana de flujo laminar de uso profesional para manejo de muestras biológicas, que incluye filtro HEPA independiente y luz ultravioleta, equipo de centrifuga y homogeneizador de muestras integrado) y Harvest SmartPReP2 (equipo que permite obtener la mayor concentración de plaquetas en el plasma rico en plaquetas y la más alta concentración de Células Madre en el aspirado de medula ósea). La FDA es una agencia del gobierno de Estados Unidos, responsable de proteger la salud pública mediante la regulación de los medicamentos de uso humano y veterinario, vacunas y otros productos biológicos, dispositivos médicos y alimentos.

6. 3 Med Health institute S.R.L. sigue la regulación 21CFR 1271.15 (b) de la FDA para el manejo de los tratamientos de terapia celular. Actualmente no existe regulación para la terapia celular en República Dominicana y estamos a la espera de la misma para cumplir con los requisitos que solicite el Ministerio de Salud Pública.

7. Todos los pacientes de 3 Med Health Institute, S.R.L. deben leer y firmar antes de su tratamiento un consentimiento informado donde se cumple con el artículo 28, literal “f”, de la Ley General de Salud 42-01.

8. El Dr. Álvaro Skupin se graduó como médico en la Pontificia Universidad Javeriana en Colombia, tiene licencia para practicar Medicina en Estados Unidos desde el año 1978 en el estado de Michigan y desde 1989 en el estado de Florida. Se especializó en Medicina Interna, Neumología y Cuidados Intensivos, Enfermedades del Sueño y HIV. Fue Director de Cuidados intensivos en el Hospital Mount Sinai de Detroit, jefe de investigación en Medicina Pulmonar, y dirigió el instituto de sueño del Hospital Mount Sinai. Tiene Fellowship del American College of Physicians (Colegio Americano de Médicos), del American College of Chest Physicians (Colegio Americano de Expertos en Tórax) y de la American Sleep Disorders Association (Asociación Americana de Desórdenes del Sueño). Es miembro de la Academia Americana de Medicina Antienvejecimiento y la Academia Americana de Medicina Regenerativa. Trabaja en varios hospitales en Florida y realiza su práctica privada en el área de antienvejecimiento desde el año 1992 en Miami. Hace 10 años fundó 3 Med Health Institute en Miami y desde esa fecha, trabaja con Células Madre. En el año 2011 fundó 3 Med Health Institute en República Dominicana. En el año 2016 The Leading Physicians of the World (los médicos líderes del mundo) le otorgó un reconocimiento como uno de los mejores médicos a nivel mundial en Células Madre y enfermedades pulmonares y el CCME (Colegio de Medicina Estética de Cuernavaca México) le otorgó un reconocimiento como uno de los mejores médicos en medicina regenerativa.

9. Mediante el Decreto del Poder Ejecutivo No. 519-01, promulgado en fecha 8 de mayo del año 2001, le fue otorgado el Exequátur de Ley al Dr. Álvaro Skupin, que lo habilita para el ejercicio dela profesión en Medicina en República Dominicana. El 23 de junio del año 2012 el Departamento de Consultoría Jurídica del Ministerio de Salud Pública emitió el comunicado JUR.1196 donde de manera provisional dejo sin efecto el exequátur del Dr. Álvaro Skupin con el fin de realizar una investigación sobre su proceso de revalida. El 22 de febrero del año 2013 el MESCyT (Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología) en su comunicado No.251/2013 dio respuesta sobre el caso de revalida del título de doctor en medicina, realizado por la UCE (Universidad Central del Este) en el año 2000 donde confirmo que la UCE se encontraba facultada para realizar el proceso de reválida. El 19 de marzo del año 2013 el Departamento de Consultoría Jurídica del Ministerio de Salud Pública emitió la certificación JUR.508-2013 donde confirma que el Dr. Álvaro Skupin está facultado para ejercer su profesión de Medicina de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes.

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