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PGR quita expedientes a fiscal DN de presuntos actos de corrupción que involucran a Gonzalo y a Berlinesa Franco

Por Amaury Mo
31 agosto 2020
Tiempo de lectura:3 minutos de lectura
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La Procuradora General de la República, Miriam Germán Brito, le quitó varios expedientes de presuntos actos de corrupción a la fiscal del Distrito Nacional, alegando que los casos habían sido remitidos a esa instancia “de manera segmentada y sin criterio definido”.

La jefa del Ministerio Público solicitó a la fiscal titular Rosalba Ramos, el desapoderamiento y la devolución de los expedientes, incluyendo la denuncia de corrupción contra funcionarios del Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI) que presidia Berlinesa Franco, por violación a la Ley 155-17 sobre Lavado de Activo, el de la denuncia de presuntas irregularidades en el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI), que favoreció a una empresa, hasta el momento desconocida, con una licitación valorada en $100 millones de pesos para la entrega de 40 mil kits de alimentos, cada uno valorados en $2,500 pesos.

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Indica Ramón Cruz Benzan en el Listin Diario, que esta manifestó que decido quitarle los expedientes a la fiscal, como parte de una reingeniería enfocada en la transformación integral de las indagatorias y los procesos relativos a ese delito y que las denuncias se enviaron de forma discrecional al Distrito y sin seguir ningún parámetro razonable que lo justificara.

Indicó que había pedido a la fiscal Ramos, mediante oficio del 25 de agosto, una lista de los casos de corrupción que se encontraban en esa jurisdicción y que luego otorgó un plazo de 48 horas para su remisión ante la Procuraduría General, en donde lo asumirá junto a un equipo de su gestión.

Señaló que los citados casos ameritan ser investigados siguiendo los mismos parámetros objetivos elaborados por el Ministerio Público que encabeza para que haya un procedimiento estandarizado.

“Las investigaciones de corrupción requieren de una gestión integral que permita disponer del capital humano y los recursos técnicos indispensables para la persecución efectiva que demandan. En ese contexto, recuerda que “realizar los procesos de investigación en varias dependencias puede atentar contra el plazo razonable que se debe observar por mandato de la ley, acotó.

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Deploró que hasta el momento en República Dominicana los casos de corrupción se hayan investigado y procesado siguiendo acciones aisladas y sin las herramientas necesarias para instrumentar los procesos a la altura de las acciones criminales complejas a las que pertenecen y que son propias del crimen organizado.

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Otros expedientes

Además, el caso de corrupción administrativa de la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) que involucra a Manuel Rivas Faustino y compartes, así como el del Consejo Estatal de Azúcar (CEA), encabezado por Pedro César Mota Pacheco y compartes.

Otro de los casos se basa en una denuncia de Somos Pueblos contra José del Castillo, por la supuesta violación a la misma legislación.

Los expedientes incluyen las denuncias presentadas contra Ricardo Andrés Castillo Terrero por la supuesta violación a la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y la Ley 340 sobre Compras y Contrataciones del Estado, presentadas al Ministerio Público el 14 de julio y el 20 junio por el abogado Guido Gómez Mazara.

También, las presentadas por el mismo abogado, los días 12 y 25 de mayo de este año, así como el 26 de junio, contra Gonzalo Castillo y Helidosa Aviation Group por supuesto enriquecimiento ilícito y violación a la Ley 340.

El procedimiento se trata de una avocación que se ampara en las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica del Ministerio Público (Núm. 133-11, del 7 de junio de 2011), la cual en su artículo 30, inciso 10, le otorga al Procurador General de la República la atribución de “asumir, por sí mismo o a través de uno de sus adjuntos, cualquier proceso penal de acción pública que se promueva en el territorio nacional cuando lo juzgue conveniente al interés público”.

“Esta avocación estará precedida de un dictamen motivado al efecto y comporta el traslado la responsabilidad de la gestión del caso, no pudiendo ser devuelto al Ministerio Público originariamente apoderado”, dice el auto.

German Brito plantea que el Ministerio Público toma “todas las medidas necesarias” con el propósito de “garantizar el cumplimiento efectivo de uno de los objetivos más relevantes para el órgano de investigación de la República Dominicana: perseguir con resultados eficientes los casos de corrupción”.

Recuerda, en uno de su considerando, que la Convención de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) contra la Corrupción define ese flagelo como “una plaga insidiosa que tiene un amplio espectro de consecuencias corrosivas para la sociedad”.

Cita a la ONU, además, en la aseveración de que la corrupción “socava la democracia y el estado de derecho, da pie a violaciones de los derechos humanos, distorsiona los mercados, menoscaba la calidad de vida y permite el florecimiento de la delincuencia organizada, el terrorismo y otras amenazas a la seguridad humana”.

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