El Tribunal Colegiado de La Altagracia dictó 20 años de prisión en contra del maestro John Kelly Martínez, acusado de violación y agresión sexual por el caso de la adolescente Esmeralda Richiez.

El maestro fue juzgado por violar los artículos 330 y 331 del Código Penal Dominicano, que contemplan agresión sexual, acto violento y forzoso.



Así como el artículo 396 de la Ley 136-03, del Código Para el Sistema de Protección de los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, en los literales A, B, que indican: abuso físico, abuso psicológico y abuso sexual.

La acusación indica que en horas de la noche del pasado 12 de febrero la adolescente salió desde el hogar donde residía con sus padres en Vista Alegre, en compañía del profesor, así como de Morrillo Martínez y otras tres alumnas menores de edad.



Al retornar a su hogar, alrededor de las 12:00 de la noche, la joven llegó pálida y sangrando, por lo que sus padres la ayudaron y quedó en su habitación.

Al día siguiente los padres de la adolescente la encontraron muerta en el baño de su residencia.

La condena fue dictada el Tribunal que preside la jueza Sagrario del Rio, en contra de en contra de Kelly Martínez, quien deberá pagar una indemnización de dos millones de pesos, así como también una multa por 200 mil pesos.

El Ministerio Público, representado por los fiscales Idalia Peralta y Yeuri Rodríguez, mostró de manera irrefutable, como el docente, quien estaba llamado a proteger y orientar a la adolescente, faltó a ese compromiso y con sus acciones violó las disposiciones establecidas en los artículos 265, 266, 302, 303, 303-4, 331 del Código Penal Dominicano, así como también el artículo 396 literales A, B, C, de la Ley 136-03 del Código para el Sistema de Protección de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 66 y 67, de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas y Materiales Relacionados.

La acusación demostró que Martínez, de forma voluntaria, le provocó a la víctima laceraciones, abrasiones y contusiones que le produjeron el deceso debido al desgarro vaginal, con hemorragia aguda severa externa e interna y shock hemorrágico como mecanismo terminal de muerte, según consta en el informe de autopsia.

Por disposición el tribunal, el procesado deberá cumplir la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey.